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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 220 Lunes, 17 de noviembre de 2014 Pág. 47655

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

ANUNCIO de 29 de octubre de 2014, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por el que se da publicidad a la Resolución de 6 de octubre de 2014, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se modifica el acuerdo de concentración parcelaria de Cerqueda (Malpica-A Coruña).

El 6 de octubre de 2014 el director general de Desarrollo Rural dictó la Resolución de modificación del acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Cerqueda (Malpica-A Coruña) que se transcribe a continuación:

«El acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Cerqueda (Malpica-A Coruña) fue aprobado por la Dirección General de Estructuras e Infraestructuras Agrarias con fecha 20 de septiembre de 2007 publicado en la forma legalmente establecida, encontrándose en la actualidad pendiente de firmeza.

Con posterioridad a estos actos, el Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños solicitó la cesión de la titularidad de las fincas, y para los fines, que se indican:

– Finca 34: conservar patrimonio (río Lavar).

– Finca 91: área de ocio.

– Finca 170: conservar patrimonio (tiene un crucero).

– Finca 287: parque.

– Finca 297: área de ocio.

– Finca 321: área de ocio.

– Finca 343: depósito de madera-gestión forestal.

– Finca 359: conservar patrimonio (tiene un crucero).

– Finca 384: conservar estanque de recogida de agua.

– Finca 387: equipamiento (depuradora).

– Finca 466: conservar fuente/río.

– Finca 558: parque.

– Finca 598: ampliación del cementerio.

– Finca 937: depósito de agua.

– Finca 1092: sobreancho vía.

– Finca 1102: estanque de riego.

– Finca 1156: aparcamiento para el castro da Croa.

– Finca 1180: equipamiento (depuradora).

– Finca 1195: área de ocio Ardeleiro.

– Finca 1230: área de ocio Loroxo.

– Finca 1255: estanque de riego.

– Finca 1260: equipamiento (depuradora).

– Finca 1304: proteger el entorno del castro da Croa.

– Finca 1306: proteger el entorno del castro da Croa.

– Finca 1316: poner en valor el castro da Croa.

– Finca 1330: apertura de nuevo vial a incluir en el PGOM.

– Finca 1334-2: apertura de nuevo vial a incluir en el PGOM.

– Finca 1606: área de ocio.

– Finca 1674: dotación casa de la cultura.

– Finca 1679: lavadero.

Vista la propuesta de la junta local de la zona, la Ley de reforma y desarrollo agraria, de 12 de enero de 1973; la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de concentración parcelaria para Galicia, modificada por la Ley 12/2001, de 10 de septiembre; la Ley 6/2011, de 13 de octubre, de movilidad de tierras; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común en su redacción según la Ley 4/1999, de 13 de enero, y demás disposiciones vigentes de aplicación al caso.

A la vista de que los destinos para los que se solicitan las referidas fincas son perfectamente subsumibles en el supuesto recogido en el artículo 32 de dicha ley gallega, esta dirección general resuelve:

1) Modificar el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Cerqueda (Malpica-A Coruña), y adjudicar al Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños la titularidad de las fincas 34, 91, 170, 287, 297, 321, 343, 359, 384, 387, 466, 558, 598, 937, 1092, 1102, 1156, 1180, 1195, 1230, 1255, 1260, 1304, 1306, 1316, 1330, 1334-2, 1606, 1674 y 1679 –que causan baja en el fondo de tierras de la zona– para ser destinadas a los fines que se recogen en la parte expositiva de la presente resolución.

2) Transcurridos cinco años desde la cesión de las titularidades sin que las fincas fueran destinadas a los fines para los cuales se adjudicaron, la titularidad de las referidas fincas revertirá al fondo de tierras de la zona, al patrimonio de la Comunidad Autónoma, a la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader) o a otra entidad a la que corresponda, según el caso.

3) Ordenar que a la presente resolución se le dé la oportuna publicidad, sin perjuicio de su notificación al Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños.

Contra la presente resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consellería del Medio Rural y del Mar, dentro del plazo de un mes, que se contará desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución».

A Coruña, 29 de octubre de 2014

Antonio Manuel Aguión Fernández
Jefe territorial de A Coruña