A petición de la Comisión Gestora de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Ferrol, la Dirección General de Comercio, como órgano tutelante de dicha cámara, dispone, con la finalidad de darle una mayor publicidad, publicar el acuerdo alcanzado por la Junta Electoral el 10 de octubre de 2014, que a continuación se transcribe:
«Proceder a la disolución de la Junta Electoral para las elecciones a la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Ferrol ya que, de acuerdo con la certificación del secretario general de la Cámara, de no haberse presentado ninguna candidatura y no poder realizarse elecciones, no es necesario cumplir el plazo señalado en el artículo 23 del Decreto 431/2009, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de régimen electoral de las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Galicia.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular del órgano tutelar, en los términos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y según lo dispuesto en el artículo 22 del Decreto 431/2009, de 19 de noviembre».
Santiago de Compostela, 27 de octubre de 2014
Sol María Vázquez Abeal
Directora general de Comercio