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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 218 Jueves, 13 de noviembre de 2014 Pág. 47262

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO de subasta (ETJ 90/2011).

En este Juzgado de lo Social número 3 se tramita ejecución de títulos judiciales 90/2011, a instancia de Mónica Sesar Segade, Rosa María Ferro Ventosa, Jesús Javier Cobos Otero, Miguel Ángel Ríos Iglesias, Alejandro Rodríguez Vázquez y Pascual Cabaleiro Fontenla contra Copy Estudio, S.L., en el que, por resolución de esta fecha, se ha acordado sacar a pública subasta los lotes de bienes que más abajo se dirán, señalándose para que tenga lugar en el próximo día 16.12.2014 a las 13.00 horas, en la planta 2ª del Edificio de los Juzgados, sita en la calle Berlín, s/n, polígono de As Fontiñas, de esta ciudad de Santiago de Compostela, rigiéndose la misma por las siguientes condiciones:

Primero. Que los licitadores, a excepción del ejecutante para tomar parte en la subasta, deberán presentar resguardo acreditativo de haber depositado, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado, referencia número 5076-0000-64-0090-11 en el banco Santander, el 5 %, del valor de cada uno de los lotes de los bienes muebles a efectos de subasta, devolviéndose las cantidades, una vez aprobado el remate, a aquellos que participen en la subasta, excepto al mejor postor, salvo que soliciten su mantenimiento a disposición del juzgado para el caso en que el rematante no consignare el resto del precio, debiendo consignar, asimismo en dicho resguardo si, en su caso, ha recibido en todo o en parte cantidades de un tercero.

Segundo. Que podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado, desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, haciéndose el depósito al que se ha hecho mención anteriormente, cuyos sobres serán abiertos al inicio de la subasta, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.

Tercero. El ejecutante solo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieren, sin necesidad de consignar cantidad alguna.

Cuarto. Que podrán hacerse posturas superiores al 50 % del valor del mueble a efectos de subasta, pero ofreciendo pagar a plazos con garantías suficientes, bancarias o hipotecarias, del precio del remate.

Quinto. Para el caso de que se hagan posturas y no superen el 30 % del valor de tasación o que no cubran, al menos, la cantidad por la que se haya despachado ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas, se resolverá sobre la aprobación del remate a la vista de las circunstancias del caso.

Sexto. Que únicamente el ejecutante o de los responsables legales solidarios o subsidiarios podrán concurrir reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero, pudiendo tomar parte en la subasta, sólo cuando existan licitadores, mejorando las posturas que se hicieren.

Séptimo. En caso de que la subasta quede desierta, sólo el ejecutante o, en su defecto, los responsables legales solidarios o subsidiarios, tendrán el derecho a adjudicarse el bien por el 30 por ciento del avalúo del bien.

Octavo. El presente edicto está expuesto en el tablón de anuncios de este juzgado, se publicará en el Diario Oficial de Galicia (DOG) y en el portal de subastas judiciales y electrónicas existentes y dependiente del Ministerio de Justicia.

El presente edicto servirá, además de a los efectos de publicación, de notificación y citación a todos los efectos a las partes.

Lotes de bienes que se sacan a subasta y valor:

Lote 1: maquinaria, valorada en 8.730,00 euros.

Lote 2: bienes variados de papelería, valorada en 1.512,00 euros.

La relación pormenorizada de los bienes con el valor de cada uno de los bienes que componen los lotes indicados se encuentra a disposición de los interesados en la oficina judicial, así como en el portal de subastas judiciales y electrónicas existente y dependiente del Ministerio de Justicia.

Santiago de Compostela, 4 de noviembre de 2014

La secretaria judicial