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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 212 Miércoles, 5 de noviembre de 2014 Pág. 46470

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vigo

EDICTO (306/2013).

Pilar Sández González, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vigo, por el presente,

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En el presente procedimiento de juicio ordinario 306/2013 seguido a instancia de FCE Bank PLC sucursal en España frente a Jorge Nieto Carballo se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia

En Vigo a 27 de enero de 2014.

Vistos por María Isabel Castro Martínez, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vigo, los autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad con el número 306/2013, promovidos por FCE Bank PLC sucursal en España, representada por el procurador Sr. Fernández González y asistida del letrado Sr. Etcheverría Hermida, contra Jorge Nieto Carballo, en situación procesal de rebeldía.

Fallo:

Estimando íntegramente la demanda promovida por la representación de FCE Bank PLC sucursal en España contra Jorge Nieto Carballo, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de 17.370,28 euros, más intereses legales desde la interposición de la demanda, y al pago de las costas procesales.

Notifíquese a las partes.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación, que habrá de interponerse en este juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación, para la Audiencia Provincial de Pontevedra.

Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley orgánica del poder judicial, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Banesto, en la cuenta de este expediente, indicando en el campo “concepto” la indicación “recurso” seguida del código “02 civil-apelación”.

Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación “recurso” seguida del código “02 civil-apelación”.

En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato dd/mm/aaaa.

Así lo acuerdo, mando y firmo».

Y encontrándose dicho demandado, Jorge Nieto Carballo, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Vigo, 12 de febrero de 2014

La secretaria judicial