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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 210 Lunes, 3 de noviembre de 2014 Pág. 46186

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (620/2012).

María Blanco Aquino, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 620/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María José López Teijelo contra Planet Padel Sport and Events, S.L., Ignacio González Pereira (administrador concursal) y Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Decreto.

Secretaria judicial: María Adelaida Egurbide Margañón.

A Coruña, 8 de octubre de 2014.

Antecedentes de hecho.

Primero. El día 5 de junio de 2012 tuvo entrada en este juzgado de lo social, Sección Segunda, demanda presentada por María José López Teijelo frente a Planet Padel Sport and Events, S.L., Ignacio González Pereira (administrador concursal) y Fogasa, siendo citadas las partes para los actos de conciliación el día 29 de octubre de 2014 a las 10.15 horas de la mañana.

Segundo. Al acto de conciliación/juicio la parte demandante ha manifestado que desiste de la acción entablada mediante escrito presentado por la parte demandante el 6 de octubre de 2014.

Fundamentos de derecho.

Único. Declarada por el actor su voluntad de abandonar el proceso y al no solicitar el demandado la continuación del procedimiento, procede tener al demandante por desistido de su demanda.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva.

Acuerdo: tener por desistida a María José López Teijelo de su demanda frente a Planet Padel Sport and Events, S.L. e Ignacio González Pereira (administrador concursal) y Fogasa en este procedimiento ordinario 620/2012.

Archivar las actuaciones una vez que sea firme esta resolución.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 1532/0000/60/0620/12 en el Santander, debiendo indicar en el campo concepto «recurso», seguido del código «31 Social-revisión de resoluciones secretario judicial». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso», seguida del «31 Social-revisión de resoluciones secretario judicial». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

La secretaria judicial».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Planet Sports and Events, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 14 de octubre de 2014

La secretaria judicial