Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, por la presente cédula se notifica a la empresa relacionada la resolución recaída en el expediente sancionador correspondiente.
Dispone de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, para examinar la resolución en las dependencias de esta jefatura territorial, en el Servicio de Trabajo y Economía Social, Sección de Sanciones, sitas en la calle Concepción Arenal, 8, 2ª planta, en Vigo (Pontevedra), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes.
Expediente: RL 2005/0427-4.
Acta: 799/2005.
Empresa: Construcciones Hermanos Padín Cambados, S.L.
NIF: B-36183580.
Dirección: Vilariño, A Telleira, 8; Cambados.
Materia: seguridad y salud.
Preceptos infringidos: artículos 14, 17, 18 y 19 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, y artículo 3 del Real decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Preceptos sancionadores: artículos 12.16.b), 12.8, 12.16.f), 39.3.a), b) y c) y 40 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.
Fecha de la resolución: 18.9.2014.
Resolución: dejar sin efecto el acta de infracción y proceder al archivo del expediente.
Se hace saber a los interesados que pueden formular recurso de alzada, ante la directora general de Trabajo y Economía Social, en el término de un mes a contar desde el siguiente día de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Vigo, 6 de octubre de 2014
María Peón Fernández
Jefa territorial de Vigo