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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Viernes, 24 de octubre de 2014 Pág. 45336

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (3219/2012).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 3219/2012 FF.

Juzgado de origen/autos: demanda 30/2012 Juzgado de lo Social número 2 de Ourense.

Recurrente: Nuria García Mill.

Abogado: Cándido Soria Fortes.

Recurridos: Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., Carina Ferreiro Gómez, Adosinda Rodríguez Fernández, Constantino González Castro.

Abogado: abogado del Estado.

Yo, María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la sección primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 3219/2012 de esta sección, seguido a instancia de Nuria García Mill contra la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., Carina Ferreiro Gómez, Adosinda Rodríguez Fernández, Constantino González Castro, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallamos:

Desestimando el recurso de suplicación interpuesto por Nuria García Mill contra la Sentencia de 8 de marzo de 2012 del Juzgado de lo Social número 2 de Ourense, dictada en juicio seguido a instancia de la recurrente contra la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S.A., así como contra Carina Ferreiro Gómez, Adosinda Rodríguez Fernández y Constantino González Castro, la sala la confirma íntegramente.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que, contra la misma, solo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta sala de lo social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de jurisdicción social. Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto, número 1552 0000 80 (nº de recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta sala número 1552 0000 37 (nº de recurso) (dos últimas cifras del año).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Carina Ferreiro Gómez, con último domicilio conocido en la calle Progreso, nº 52, Ourense, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 6 de octubre de 2014

La secretaria judicial