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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Miércoles, 22 de octubre de 2014 Pág. 45131

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (1289/2010).

Yo, Ana María Navarro Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 1289/2010 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Ángel Manuel Lago Sieira y Joaquín Maño Lapido contra la empresa Calizas Marinas, S.A., Fogasa y contra el administrador concursal Andrés Manuel Caso Martínez, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Fallo:

Estimo la demanda formulada por Ángel Manuel Lago Sieira y Joaquín Maño Lapido frente a la empresa Calizas Marinas, S.A., con condena de la demandada al abono de la cantidad de 3.334,45 euros a Ángel Manuel Lago Sieira y la de 4.608,48 euros a Joaquín Maño Lapido en concepto de salarios adeudados incrementados con los intereses por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los trabajadores, todo ello con la responsabilidad subsidiaria del Fogasa.

Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndoles saber que contra ella podrá interponerse recurso de suplicación en el plazo de cinco días, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, a contar desde su notificación y conforme a los artículos 188 y siguientes de la Ley reguladora de la jurisdicción social, pasados los cuales quedará firme en derecho.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

El magistrado».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Calizas Marinas, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 30 de septiembre de 2014

La secretaria judicial