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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Miércoles, 22 de octubre de 2014 Pág. 45132

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (490/2012).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento Seguridad Social 490/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Manuel Vidal Rebollido contra el Ministerio de Defensa, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia 369 cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal:

«Sentencia

En Santiago de Compostela, 24 de septiembre de 2014.

Vistos por Mª del Carmen Barcala Barreiro, magistrada jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de los de Santiago de Compostela, los presentes autos registrados con el número indicado, promovidos a instancia de Manuel Vidal Rebollido, asistido por la graduado social Sra. Da Palma, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), debidamente representados por el letrado del INSS/ISM/TGSS Sr. Requejo Gutiérrez, frente al Ministerio de Defensa, debidamente representado por la abogada del Estado Sra. Busto Landín, y frente a Gescomar, S.L., que no compareció pese a constar debidamente citado, se dicta la presente sentencia en base a los siguientes

(…)

Fallo:

Estimo parcialmente la demanda interpuesta por Manuel Vidal Rebollido frente al INSS, la TGSS, el Ministerio de Defensa y, en consecuencia, declaro el derecho del actor a que se le compute, a los efectos de la prestación de jubilación, el tiempo de prestación de servicios al Ministerio de Defensa que excede del servicio militar obligatorio, con efectos de 12.12.2011, condenando al INSS, a la TGSS y al Ministerio de Defensa a estar y pasar por esta declaración, absolviendo a la mercantil Gescomar de todas las pretensiones frente a ella deducidas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante el TSJ de Galicia en el plazo de cinco días.

Así lo acuerda, manda y firma Carmen Barcala Barreiro, magistrada jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Gescomar, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su publicación en el tablón del juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 25 de septiembre de 2014

La secretaria judicial