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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Miércoles, 22 de octubre de 2014 Pág. 45092

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2014, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se amplía el plazo de presentación de la documentación justificativa establecido en la Resolución de 8 de agosto de 2014, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del programa Emega para fomentar el emprendimiento femenino, cofinanciadas por el FSE, y se procede a su convocatoria para el año 2014 (SI429A).

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Por Resolución de la Secretaría General de la Igualdad de 8 de agosto de 2014 se establecieron las bases reguladoras y se convocaron las ayudas del programa Emega para fomento del emprendimiento femenino (DOG núm. 151, de 11 de agosto).

El artículo 25 de la Resolución de 8 de agosto de 2014 establece que, para la justificación de las ayudas concedidas, las beneficiarias presentarán, con fecha límite de 30 de noviembre de 2014, la documentación que se indica en los apartados 1.1 y/o 1.2, según corresponda. Teniendo en cuenta el volumen de solicitudes presentadas y el largo proceso de tramitación, y con el fin de optimizar los procesos de gestión y dado que no se causa perjuicio a terceros, procede modificar dicho artículo 25, ampliando el plazo hasta una fecha que permita la mejor justificación por parte de las beneficiarias.

Por todo lo expuesto, en el uso de las atribuciones que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo único

Se modifica el punto 1 del artículo 25 (justificación de la subvención) de la Resolución de 8 de agosto de 2014, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del programa Emega para fomento del emprendimiento femenino, cofinanciadas por el FSE, y se procede a su convocatoria para el año 2014, que queda redactado como sigue:

«En base a lo establecido en el título III, artículo 48.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y teniendo en cuenta el objeto y la naturaleza de estas ayudas, las beneficiarias, para cobrar las cuantías concedidas, deberán presentar, como máximo hasta el día 30 de diciembre de 2014, la siguiente documentación, de la cual se presentará un único ejemplar original».

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de octubre de 2014

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad