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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Miércoles, 22 de octubre de 2014 Pág. 45109

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 17 de octubre de 2014 que modifica la Orden de 4 de agosto de 2014 por la que se convocan nuevamente para el 2014 las ayudas para fomentar la utilización de maquinaria en régimen asociativo en Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013.

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La Orden de 4 de agosto de 2014 (publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 153, de 13 de agosto) por la que se convocan nuevamente para el año 2014 las ayudas para el fomento de utilización de maquinaria en régimen asociativo en Galicia cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013, y se convocan para el año 2014, establece en su artículo 14 un plazo de justificación y solicitud de pago de la subvención hasta el 31 de octubre de 2014.

Debido a que la tramitación de estas ayudas se retrasó en el tiempo y no pudieron ser aprobadas las mismas hasta el día 14 de octubre, el período de tiempo del que disponen los beneficiarios de las mismas para la adquisición de la maquinaria es demasiado corto para poder justificarlas en tiempo y forma, siendo una causa de retraso imputable a la Administración.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 30.1º.3 del Estatuto de autonomía de Galicia y en el uso de las facultades que me confire la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el uso de las competencias que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo único

Modificar la Orden de 4 de agosto de 2014 por la que se convocan nuevamente para el año 2014 las ayudas para el fomento de utilización de maquinaria en régimen asociativo en Galicia cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013, y se convocan para el año 2014, como sigue.

Uno. Se modifica el número 1 del artículo 14 del siguiente modo:

1. Para esta convocatoria, la justificación de las inversiones subvencionadas, que figura en el párrafo 4 del artículo 22 de la Orden de 19 de abril de 2013, deberá realizarse hasta el 15 de noviembre de 2014, inclusive.

Disposición final única

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de octubre de 2014

Rosa María Quintana Carballo
Conselleira del Medio Rural y del Mar