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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 196 Martes, 14 de octubre de 2014 Pág. 44164

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (6199/2012).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 6199/2012.

Juzgado de origen/autos: demanda 84/2012 Juzgado de lo Social número 1 de Ferrol.

Recurrente: Margarita González Gutiérrez.

Abogado: Manuel Casal Fraga.

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Sergas, Buma Galicia, S.L., Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo.

M. Asunción Barrio Calle, secretaria judicial de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 6199/2012-RCUD 327/14-S, seguido a instancia de Margarita González Gutiérrez contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, el Sergas, Buma Galicia, S.L., la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, sobre accidente, se ha dictado la siguiente resolución:

«Diligencia de ordenación del/de la secretario/a judicial.

M. Asunción Barrio Calle.

A Coruña, 24 de septiembre de 2014.

El anterior escrito presentado por el letrado Jorge Estébanez Juega, en representación de la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, al que adjunta certificación de sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Valencia alegada de contraste, únase al recurso de su razón. Se tiene por interpuesto el recurso de casación para unificación de doctrina y fórmese pieza separada, que se encabezará con testimonio de la sentencia dictada por esta sala. Emplácese a las demás partes para que se personen por escrito de letrado ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de diez días, aportando copias de dicho escrito y designando un domicilio para notificaciones en la sede de dicha sala, debiendo acreditar la representación de la parte de no constar previamente en las actuaciones.

Verificado, remítanse las actuaciones a dicho tribunal.

La parte recurrente se entiende personada de derecho con la remisión de las actuaciones.

Comuníquese al Juzgado de lo Social número 1 de Ferrol que la resolución de esta sala ha sido recurrida en casación para unificación de doctrina.

Emplácese a la empresa Buma Galicia, S.L. a través del Diario Oficial de Galicia.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa Buma Galicia, S.L., en ignorado paradero, cuyo último domicilio conocido es carretera de Castilla, número 4, Narón, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 24 de septiembre de 2014

La secretaria judicial