Visto el expediente para otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Aceites Abril, S.L.
Domicilio social: calle 6, nº 18, 32901 San Cibrao das Viñas.
Título: LMT 180 m.
Denominación: San Cibrao das Viñas.
Características técnicas:
LMT subterránea a 20 kV de 180 m de longitud con conductor RHZ1 12/20 kV de 150 mm2 Al y origen en la LMT del expediente 2004/48 y final en el CT existente Aceites Abril.
CT Aceites Abril, 2 de 1.250 lVA y R/T 20.000/400-230 V.
Presupuesto: 148.658,92 euros.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial, resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba indicado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente. Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y o autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación o publicación de esta resolución. También podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Ourense, 10 de septiembre de 2014
Alfonso Tomás Paz Doniz
Jefe territorial de Ourense