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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 178 Jueves, 18 de septiembre de 2014 Pág. 41556

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 5 de Lugo

EDICTO (476/2013).

María José Núñez Abeledo, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Lugo, por el presente anuncio:

En el presente procedimiento seguido a instancia de Autos Galicia, S.L. frente a José López Fernández se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Sentencia 41/2014.

Jueza que la dicta: Freire Calvo.

Lugar: Lugo.

Fecha: diecisiete de febrero de dos mil catorce.

Demandante: Autos Galicia, S.L.

Abogado: Javier Latorre Rodríguez.

Procurador: Carlos Cabo Silva.

Demandado: José López Fernández.

Procedimiento: procedimiento ordinario 476/2013.

Vistos por Ana Freire Calvo, jueza sustituta del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Lugo, los presentes autos de juicio ordinario nº 476/2013-E, seguidos a instancia de la sociedad Autos Galicia (Agacart), representado por el procurador Sr. Carlos Cabo Vila, bajo la dirección letrada de Javier Latorre Rodríguez, contra José López Fernández, en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Se estima íntegramente la demanda interpuesta por Autos Galicia (Agacart), representado por el procurador Sr. Carlos Cabo Vila, bajo la dirección letrada de Javier Latorre Rodríguez, contra José López Fernández, en situación de rebeldía procesal, por lo que se condena a José López Fernández a pagar a la actora la cantidad de 6.848,67 euros, incrementada con los intereses legales moratorios desde la interposición de la demanda (23.5.2013) hasta la sentencia y los moratorios procesales hasta su completo pago; con condena en costas a la parte demandada.

Líbrese testimonio de esta sentencia y llévese a los autos de su razón, quedando el original archivado en el libro de sentencias civiles del juzgado. Notifíquese la misma a las partes y al Ministerio Fiscal, con la advertencia de que no es firme y que contra la misma cabe formular recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Lugo, el cual, de conformidad con el artículo 458 de la LEC, deberá interponerse ante este juzgado en el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente a su notificación.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, José López Fernández, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo. Doy fe.

Lugo, 3 de abril de 2014

La secretaria judicial