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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 177 Miércoles, 17 de septiembre de 2014 Pág. 41459

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ribeira

EDICTO (201/2013).

Juicio de faltas nº 201/2013.

Delito/falta: hurto (conductas varias).

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de enjuiciamiento civil, por el presente edicto se notifica a Francisco Tomé Sampedro la sentencia dictada el 23.12.2013 y que consta del siguiente encabezamiento y fallo:

«Sentencia:

Ribeira, 23 de diciembre de 2013

Vista por mí, Mª de las Nieves Corral Montes, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ribeira y su partido judicial, en audiencia pública, la presente causa de juicio de faltas por una falta de hurto del artículo 623.1 del C.P., con la intervención del Ministerio Fiscal en la persona de Ana Mª Robles, siendo la parte denunciante Manuela Rey Parada, quien compareció por sí misma, y parte denunciada Francisco Tomé Sampedro, quien no compareció pese a estar citado en legal forma.

Fallo que debo condenar y condeno a Francisco Tomé Sampedro como autor de una falta de hurto del artículo 623.1 del C.P. a la pena de localización permanente de 8 días y al pago de una indemnización de 249 euros, cantidad que devengará los intereses legales del artículo 576 de la LEC, condenándole igualmente al pago de las costas procesales.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación a cuyo efecto deberá presentarse en dicho plazo escrito exponiendo las razones en que se funde el recurso y que deberá sustanciarse conforme a lo previsto en los artículos 790 a 792 de la Ley de enjuiciamiento criminal.

Así por esta mi sentencia, de la que llevará certificación a las actuaciones originales, lo pronuncio, mando y firmo».

Para su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido el presente edicto. Doy fe.

Ribeira, 21 de agosto de 2014

El/la secretario/a judicial