Mediante Resolución de 27 agosto de 2014, el presidente de Puertos de Galicia, en virtud de las competencias conferidas por el artículo 6.3.g) de la Ley 5/1994, de 29 de noviembre, de creación de la entidad pública Puertos de Galicia, en el artículo 9.h) del Decreto 227/1995, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la entidad pública, y sobre la base del acta de la mesa de contratación reunida el día 22 de julio de 2014, en la que se formula propuesta de desierto por no presentación de ofertas y en cumplimiento de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 151.3 del Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público, resolvió declarar desierto el procedimiento abierto publicado en el DOG número 118, de 23 de junio de 2014, para la selección de oferta para la tramitación de ocupación de dominio público portuario con destino a explotación de la edificación localizada en el puerto deportivo de Sada, parcela A3, para desarrollo de actividades portuarias y complementarias de estas, al no presentarse ninguna oferta.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, o potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicto, en un plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente resolución (artículos 116 y 117 LRJPAC).
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Santiago de Compostela, 27 de agosto de 2014
José Juan Durán Hermida
Presidente de Puertos de Galicia