Visto el expediente para otorgar la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:
Solicitante: UDESA.
Domicilio social: calle José Ángel Valente, 17, bajo, local 62, 15706 Santiago de Compostela.
Denominación: LMT, CT y RBT O Prado (Papucín-Frades).
Situación: Frades.
Características técnicas:
LMT aérea a CT O Prado.
Inicio línea (UTM): apoyo existente de tipo HV-13/1.000 correspondiente al CT Vimieiro (expte.- 51.976) (UTM: 558.840; 4.769.400).
Final línea (UTM): CT Prado proyectado (UTM: 558.468; 4.769.792).
Longitud: 542 metros.
Categoría: tercera.
Conductor: LA-56.
Tensión nominal: 20 kV.
CT O Prado.
Tipo: intemperie sobre apoyo de hormigón.
Potencia: 100 kVA.
Relación de transformación: 20/0,4 kV.
Enlace RBT aérea del nuevo CT O Prado.
Origen: CT O Prado proyectado.
Longitud: 14 metros.
Conductores: RZ-0,6/1 kV-3 x 95 A1 +54.6 Alm.
N º circuitos: 2.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE nº 310), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE nº 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014 de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG nº 54) esta jefatura territorial resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y de construcción, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta instalación está previsto que se ejecute en un plazo de un año, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107, 110, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
A Coruña, 6 de agosto de 2014
Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña