De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 º y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, después de haberse intentado sin éxito la notificación personal a través del servicio de Correos, se le notifica a la interesada que se señala en el anexo de este anuncio el requerimiento de la documentación preceptiva en relación al expediente número 15/12/00603 de la medida 114 de utilización de servicios de asesoramiento por personas titulares de explotaciones agrarias.
La interesada dispone de un plazo de 10 días a partir de esta publicación para presentar la documentación requerida. La falta de presentación en dicho plazo comportará la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la ayuda, la exigencia del reintegro (en el caso de que exista un pago parcial a cuenta) y demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.
Santiago de Compostela, 31 de julio de 2014
Patricia Ulloa Alonso
Directora general de Producción Agropecuaria
ANEXO
Expediente: 15/12/00603.
Interesada: Prasanpenelas, S.C.
Última dirección conocida: Pereira, nº 16, San Paio, 15317 Aranga, A Coruña.
Asunto: requerimiento para aportar la documentación preceptiva según la Orden de 27 de diciembre de 2011 por la que se modifica la Orden de 21 de diciembre de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la utilización de servicios de asesoramiento por personas titulares de explotaciones agrarias cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013, y se convocan para el año 2012 (DOG núm. 3, de 4 de enero).
Documentación requerida: documento que acredite el pago, sellado por la entidad bancaria y en el que se indique el número de factura al que corresponde.