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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 153 Miércoles, 13 de agosto de 2014 Pág. 34950

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

CÉDULA de 30 de julio de 2014, de la Subdirección General de Inspección del Transporte, por la que se notifican las resoluciones dictadas en expedientes sancionadores en materia de transportes (expediente LU-01563-O-2013 y diez más).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones que la directora general de Movilidad dictó en los expedientes sancionadores instruidos por infracción de la normativa vigente de los transportes terrestres, porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar.

Se les hace saber que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la conselleira de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.

En caso de conformidad con la resolución sancionadora, el/la interesado/a deberá abonar la multa impuesta a través de un ingreso en cualquier oficina del BBVA, de Novagalicia Banco o de Banesto, empleando el modelo impreso que se facilitará en los servicios centrales de la Dirección General de Movilidad.

En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo previsto en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Para que conste y sirva de notificación a las personas interesadas, firmo y sello esta cédula.

Santiago de Compostela, 30 de julio de 2014

Mercedes López Caneda
Subdirectora general de Inspección del Transporte

ANEXO

Expediente

Matrícula

Denunciante

Persona sancionada

DNI/CIF

Última dirección conocida

Infracción cometida

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción impuesta

LU-01563-O-2013

9354-DSR

Guardia Civil 2704 I64330i

Mariana Cracea

X7222659S

Camiño Real, 2º

27004 Lugo

El exceso igual o superior al 25 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 35 %.
1.7.2013; 15.40; N-VI; 543,800

Art. 140.23 LOTT

Art. 143.1.h) LOTT

4.000

LU-01616-O-2013

6487-GRP

Guardia Civil 2701 R10457x

Transportes Arrive IS S-20, S.L.

B70302815

Isaac Peral, 4 B, Pg. O Espírito Santo

15650 Cambre, A Coruña

La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando.

11.7.2013; 18.54; A-6; 523,100

Art. 140.35 LOTT

Art. 143.1.g) LOTT

1.001

PO-02992-O-2013

3117-DPP

Guardia Civil 3603 U36333e

Cárnicas da Paradanta, S.L.

B36277259

A Madalena, Sta. María Darbo, s/n

36940 Cangas, Pontevedra

La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando.

26.7.2013; 12.00; AP-9; 156

Art. 140.35 LOTT

Art. 143.1.g) LOTT

1.001

PO-03037-O-2013

6496-HBH

Guardia Civil 3601 K82210v

Marfrost Logística, S.L.

B36933216

Gandarón, 79-1º B

36214 Vigo, Pontevedra

No llevar insertada en el tacógrafo la tarjeta de conductor o la hoja de registro de los tiempos de conducción y descanso, cuando ello resulte exigible, o hacerlo de forma incorrecta, o no haber efectuado los documentos impresos al inicio y a la finalización del viaje en los supuestos de deterioro o mal funcionamiento de la tarjeta de conductor o en caso de que esta no obre en su poder.

1.8.2013; 12.21; AG-41; 7

Art. 140.22 LOTT

Art. 143.1.h) LOTT

2.001

PO-03092-O-2013

3626-HCG

Guardia Civil 3603 U36333e

Marfrost Logística, S.L.

B36933216

Gandarón, 79-1º B

36214 Vigo, Pontevedra

La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando.

3.8.2013; 13.11; AP-9; 157

Art. 140.35 LOTT

Art. 143.1.g) LOTT

1.001

PO-03270-O-2013

PO-2199-AT

Guardia Civil 3602 W13116x

José Paz Rocamonde

35382204Q

Real (Sabucedo), 16

36559 A Estrada, Pontevedra

La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando.

27.8.2013; 18.04; EP-7001; 3,100

Art. 140.35 LOTT

Art. 143.1.g) LOTT

1.001

PO-03271-O-2013

PO-2199-AT

Guardia Civil 3602 W13116x

José Paz Rocamonde

35382204Q

Real (Sabucedo), 16

36559 A Estrada, Pontevedra

No llevar insertada en el tacógrafo la tarjeta de conductor o la hoja de registro de los tiempos de conducción y descanso, cuando ello resulte exigible, o hacerlo de forma incorrecta, o no haber efectuado los documentos impresos al inicio y a la finalización del viaje en los supuestos de deterioro o mal funcionamiento de la tarjeta de conductor o en caso de que esta no obre en su poder.

27.8/2013; 18.08; EP-7001; 3,100

Art. 140.22 LOTT

Art. 143.1.h) LOTT

2.001

PO-03272-O-2013

PO-2199-AT

Guardia Civil 3602 W13116x

José Paz Rocamonde

35382204Q

Real (Sabucedo), 16

36559 A Estrada, Pontevedra

La utilización del tacógrafo sin haber realizado su calibrado o revisión periódica en los plazos y forma establecidos.

27.8.2013; 18.13; EP-7001; 3,100

Art. 140.34 LOTT

Art. 143.1.g) LOTT

1.001

XC-03083-O-2013

7798-FDF

Guardia Civil 1501 L-67151-k

Layster Inst. y Mantenimiento, S.L.

B86528882

Cuarzo, 23

28905 Getafe, Madrid

La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando.

15.7.2013; 1.30; AC-552; 2,200

Art. 140.35 LOTT

Art. 143.1.g) LOTT

1.001

XC-03140-O-2013

C-1374-CB

Guardia Civil 1504 I-65497-q

Hermanos Pallas, S.L.

B15060320

A Tablilla, s/n

15185 Cerceda, A Coruña

La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando.

20.7.2013; 10.05; N-550; 45,500

Art. 140.35 LOTT

Art. 143.1.g) LOTT

1.001

XC-03435-O-2013

3399-FGN

Guardia Civil 1504 A-35144-y

Transportes J. y Arizaga 260396, S.L.

B94084662

Calle Calvo Sotelo, 119

36900 Marín, Pontevedra

No llevar insertada en el tacógrafo la tarjeta de conductor o la hoja de registro de los tiempos de conducción y descanso, cuando ello resulte exigible, o hacerlo de forma incorrecta, o no haber efectuado los documentos impresos al inicio y a la finalización del viaje en los supuestos de deterioro o mal funcionamiento de la tarjeta de conductor o en caso de que esta no obre en su poder.

2.8.2013; 16.15; AC-553; 1,2

Art. 140.22 LOTT

Art. 143.1.h) LOTT

2.001