De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones que la subdirectora general de Inspección de Transportes dictó en los expedientes sancionadores instruidos por infracción de la normativa vigente de los transportes terrestres, porque, intentada la notificación, no se pudo practicar.
Se les hace saber que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada, ante la directora general de Movilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.
En caso de conformidad con la resolución sancionadora, el/la interesado/a deberá abonar la multa impuesta a través de un ingreso en cualquier oficina del BBVA, de Novagalicia Banco o de Banesto, empleando el modelo impreso que se facilitará en los servicios centrales de la Dirección General de Movilidad.
En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo previsto en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Para que conste y sirva de notificación a las personas interesadas, firmo y sello esta cédula.
Santiago de Compostela, 30 de julio de 2014
Mercedes López Caneda
Subdirectora general de Inspección del Transporte
ANEXO
Expediente Matrícula Denunciante |
Persona sancionada DNI/CIF Última dirección conocida |
Infracción cometida Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
PO-02683-O-2013 2911-GFB Guardia Civil 3601 Y76740V |
José González Cabaleiro 35550026F Santa Mª de Salceda A Noveleira, 10 36473 Salceda de Caselas, Pontevedra |
Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. 18.6.2013; 19.20; N-550; 101,500 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 de la LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con la letra f) de la LOTT |
801 |
PO-02993-O-2013 3117-DPP Guardia Civil 3603 U36333E |
Cárnicas da Paradanta, S.L. B36277259 Magdalena, Sta. María Darbo, s/n 36940 Cangas, Pontevedra |
La utilización de hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso no homologadas o que resulten incompatibles con el tacógrafo utilizado. 26.7.2013; 12,00; AP-9; 156 |
Art. 141.11 de la LOTT |
Art. 143.1.e) de la LOTT |
601 |
PO-03014-O-2013 3200-BNY Guardia Civil 3603 T20654Z |
Transportes Fco. Rguez. Lorenzo, S.L.U. B94015120 Lugar Alemparte, 48 36860 Ponteareas, Pontevedra |
La carencia, falta de datos esenciales, ocultación o falta de conservación de la documentación de control. 31.7.2013; 17.00; A-52; 305 |
Art. 141.17 de la LOTT |
Art. 143.1.d) de la LOTT |
401 |
PO-03087-O-2013 9581-DTC Guardia Civil 3603 U36333E |
Cañigas, S.L. B36195303 Carretera de Arbo, 36 36880 A Cañiza, Pontevedra |
La realización de transportes públicos de mercancías, así como la contratación como porteador o la facturación en nombre propio de servicios de transporte, careciendo de la autorización, siempre que se acredite que en el momento de realizarlos o contratarlos se cumplían todos los requisitos exigidos para su obtención y que esta se ha solicitado dentro de los 15 días siguientes a la notificación del inicio del expediente. 2.8.2013; 9.51; A-55; 20 |
Art. 142.1 de la LOTT |
Art. 143.1.c) de la LOTT |
301 |
PO-03273-O-2013 PO-0211-AV Guardia Civil 3602 W13116X |
Fernandez Parafita, S.L. B36543486 Nicomedes Pastor Díaz, 5 27001 Lugo |
La realización de transporte privado careciendo de autorización. 27.8.2013; 18:54; EP-7001 9 |
Art. 141.14 de la LOTT |
Art. 143.1.f) de la LOTT |
601 |
PO-03682-O-2013 3333-HGJ Guardia Civil 3602 W13116X |
Urly Tte 2011, S.L. B70306659 Polg. O Temple, 41 15679 Cambre, A Coruña |
Transporte de mercancías peligrosas sin la carta de porte preceptiva para las mercancías peligrosas transportadas 2.10.2013; 20.50; AG-53; 60 |
Art. 141.25 de la LOTT en relación con el art. 140.15.8 de la LOTT |
Art. 143.1.i) de la LOTT |
801 |
PO-03785-O-2013 Z-2636-BM Guardia Civil 3601 F57579E |
Francisco José Izquierdo Ojea 77464846H Juan Bautista Andrade, 12 36005 Pontevedra |
Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. 24.10.2013; 16.30; PO-542; 0,300 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 de la LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con la letra f) de la LOTT |
801 |
XC-00112-O-2014 0636-DWR Guardia Civil 1504 Z27752V |
Nova Albariza, S.L. B15771157 Alvariza, 3 15200 Noia, A Coruña |
Realizar transporte público de mercancías utilizando un conductor que carece del CAP, si lo obtiene en el plazo de 6 meses desde la fecha de la denuncia. 24.9.2013; 10.17; AC-400; 62,500 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.18 de la LOTT |
Art. 143.1.k) de la LOTT |
601 |
XC-03110-O-2013 6012-HCC Guardia Civil 1500 M-99561-Y |
Logística Eje Atlántico, S.L. B70139761 P. I. Bergondo, R 32 15166 Bergondo, A Coruña |
El exceso igual o superior al 15 por ciento e inferior al 25 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 19 %. 20.6.2013; 9.12; SC-20; 2,2 |
Art. 141.2 de la LOTT |
Art. 143.1.f) de la LOTT |
900 |
XC-03203-O-2013 PO-9629-AY Guardia Civil 1504 A-35144-Y |
Transportes Tm Iván y Óscar, S.L. B36584811 Rosalía de Castro, 59. 2º E 36450 Salvaterra de Miño, Pontevedra |
Transporte de mercancías peligrosas sin indicar en la carta de porte el nº ONU, la designación oficial del transporte, el grupo de embalaje y/o alguna información relevante. 16.7.2013; 15.12; N-550; 43,5 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.15.13 de la LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con la letra i) de la LOTT |
801 |
XC-03566-O-2013 PO-9629-AY Guardia Civil 1504 A-35144-Y |
Transportes Tm Iván y Óscar, S.L B36584811 Rosalía de Castro, 59, 2º E 36450 Salvaterra de Miño, Pontevedra |
Transporte de mercancías peligrosas utilizando bultos sin las marcas y etiquetas prescritos por el ADR, parte 5. 16.7.2013; 15.14; N-550; 43,5 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.15.5 de la LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con la letra i) de la LOTT |
801 |