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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 148 Miércoles, 6 de agosto de 2014 Pág. 33982

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 11 de julio de 2014 por la que se notifica la orden de suspensión de las obras dictada en el expediente LUG/94/2014-S1, devuelta por el servicio de Correos por resultar su destinatario ausente en el reparto.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 18 de junio de 2014, resolución por la que se ordena la suspensión inmediata de las obras que se ejecutan en suelo rústico, sin autorización urbanística autonómica, consistentes en la construcción de una edificación con tipología de vivienda unifamiliar, en el lugar de Vilamaior, en el término municipal de Outeiro de Rei.

Al no poderse realizar la notificación personal de esta resolución, a Álvaro Ónega Ares, en calidad de propietario de los terrenos y promotor de las obras, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica al interesado dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el Edificio Witland, 1ª planta, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, podrá interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 11 de julio de 2014

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística