De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que se relaciona en el anexo la propuesta de resolución del expediente sancionador S-P-03.14 por infracción de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.
La interesada dispondrá de un plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, para examinar el expediente en las dependencias del Servicio de Coordinación del Área Cultural de la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria en Pontevedra, y para presentar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse.
Santiago de Compostela, 17 de julio de 2014
Juan Antonio Naveira Seoane
Subdirector general de Protección del Patrimonio Cultural
ANEXO
Nº de expediente: S-P-03.14.
Interesada: Áridos Ecológicos, S.L.U.
Último domicilio conocido: lugar de A Reigosa, 43, Tourón, 36828 Ponte Caldelas.
Hecho imputado: vertido de escombros en el área de exclusión del petroglifo de A Raña.
Tipificación: artículo 91.h) de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.
Precepto sancionador: artículo 95 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.