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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Jueves, 31 de julio de 2014 Pág. 33098

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Navia de Suarna

ANUNCIO de información pública sobre el Plan general de ordenación municipal.

Aprobado inicialmente el Plan general de ordenación municipal del Ayuntamiento de Navia de Suarna por Acuerdo del Pleno de 12 de junio de 2014, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.2 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, se somete a información pública, junto con el informe de sostenibilidad ambiental, por el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la última publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia y en los periódicos El Progreso y La Voz de Galicia.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para formular las alegaciones que considere pertinentes.

De forma simultánea al trámite de información pública y por el mismo plazo, se somete al trámite de consultas previstas en el documento de referencia. Para que los interesados (artículo 10 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de determinados planes y programas en el medio ambiente) puedan formular las observaciones que estimen pertinentes.

Junto con la aprobación inicial del PGOM se acordó suspender el procedimiento de otorgamiento de licencias en aquellos ámbitos del territorio objeto de planeamiento cuyas nuevas determinaciones supongan la modificación de la ordenación urbanística vigente. La duración máxima de la suspensión según el artículo 77 de la Ley 9/2002, es de dos años a contar desde esta aprobación inicial y, en cualquier caso, se extinguirá con la aprobación definitiva del planeamiento.

Al ámbito de la suspensión de licencias es el siguiente:

Tipo de suelo: suelo urbano de A Proba.

Suspensión de licencias: parcial.

Descripción: se aplicará la suspensión en todas aquellas zonas que entran en contradicción con las nuevas determinaciones del PGOM.

Tipo de suelo: suelo urbanizable delimitado industrial.

Suspensión de licencias: sí.

Descripción: se suspenden al definirse esta categoría de suelo en el PGOM.

Tipo de suelo: suelo urbanizable no delimitado residencial.

Suspensión de licencias: sí.

Descripción: se suspenden al definirse esta categoría de suelo en el PGOM.

Tipo de suelo: zonas verdes previstas por el PGOM.

Suspensión de licencias: sí.

Descripción: se suspenden al definirse estos ámbitos en el PGOM.

Tipo de suelo: suelo núcleo rural.

Suspensión de licencias: parcial.

Descripción: se aplicará la suspensión en todas aquellas zonas que entran en contradicción con las nuevas determinaciones del PGOM.

Tipo de suelo: suelo rústico.

Suspensión de licencias: no.

Descripción: se aplicará el régimen de suelo rústico establecido en la Ley 9/2002.

La suspensión de licencias sólo se refiere a las que tengan por objeto actividades de parcelación de terrenos y edificación o demolición, pero no a las obras de reforma, salvo que por la trascendencia de esta sea equiparable a una reedificación del edificio, no justificada en razones de urgencia o supongan un aumento de volumen edificado, según lo establecido en el artículo 118.1 del Real decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de planeamiento.

Navia de Suarna, 9 de julio de 2014

José Fernández Fernández
Alcalde