Por Resolución rectoral de 4 de diciembre de 2013 (DOG de 19 de diciembre y BOE de 6 de enero de 2014) se convocaron pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas de la categoría profesional de técnico/a especialista de investigación, especialidad química (espectrometría de masas y proteómica), dos por el turno de promoción interna y dos por el turno de acceso libre.
A la vista del acuerdo del tribunal que da por concluido el proceso selectivo por el turno de promoción interna, sin que ninguna persona aspirante lo hubiese superado, se acumulan las vacantes ofertadas por este turno a las de acceso libre, tal como establece el apartado 1.3 de la convocatoria de las pruebas selectivas.
La Resolución rectoral de 26 de mayo de 2014, en su apartado cuarto, establece que las personas admitidas por el turno de acceso libre serán convocadas para realizar el primer ejercicio mediante resolución que se publicará en el Diario Oficial de Galicia. De conformidad con esto, resuelvo:
Convocar a las personas aspirantes admitidas por el turno de acceso libre para la realización del primer ejercicio (pruebas de lengua gallega) de la fase de oposición, el día 15 de septiembre de 2014, a las 11.00 horas, en el Servicio de Normalización Lingüística (Viviendas de los Catedráticos, 1er piso, Campus Vida, Santiago de Compostela).
La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los demás ejercicios se efectuará por el tribunal en los locales donde se hubiese realizado el primero de ellos, en el Rectorado de la universidad y en la página web http://www.usc.es/gl/goberno/xerencia/selecciondepersoal.html
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
No obstante, las personas interesadas podrán interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que la dictó. En este caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente indicado mientras no recaiga resolución expresa o presunta del recurso administrativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santiago de Compostela, 23 de julio de 2014
Juan M. Viaño Rey
Rector de la Universidad de Santiago de Compostela