Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Jueves, 31 de julio de 2014 Pág. 33043

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ourense

EDICTO (834/2012).

Elba García Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ourense, por el presente anuncio:

En el presente procedimiento, seguido a instancia de A. Clemente, Lda., frente a María Rosa Clemente Núñez, María Josefa Nieto Clemente, Emilio Nieto Clemente, Demetrio Nieto Clemente, Rudesindo Nieto Gil, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

Ourense, 19 de febrero de 2014.

Vistos por Eva María Martínez Gallego, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 4, con competencia mercantil de Ourense, los presentes autos de juicio ordinario, registrados con el número 834/2012, promovidos por la sociedad mercantil A. Clemente, Lda., actuando en su nombre y representación el procurador de los tribunales Ricardo Garrido Rodríguez, asistido por el letrado Sr. Borras Díaz de Rabago contra los administradores de la entidad Industrias Químicas Clenin, S.A., Rudesindo Nieto Gil, María Rosa Clemente Núñez, María Josefa Nieto Clemente, Emilio Nieto Clemente y Demetrio Nieto Clemente, todos ellos en rebeldía procesal, sobre acción solidaria e individual de responsabilidad contra dichos administradores, ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales Ricardo Garrido Rodríguez, en nombre y representación de la sociedad mercantil A. Clemente, Lda., debo condenar y condeno a Rudesindo Nieto Gil, María Rosa Clemente Núñez, María Josefa Nieto Clemente, Emilio Nieto Clemente y Demetrio Nieto Clemente, a que indemnice a la actora en la cantidad de 41.420,02 euros, más los intereses legales desde la fecha de la sentencia, incrementados en dos puntos, con imposición de las costas procesales.

La presente sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Ourense, que habrá de interponerse en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación ante este mismo juzgado, conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil.

De conformidad con la disposición 15.4 de la Ley orgánica 1/2009, de 3 de noviembre de 2009, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, será requisito necesario para recurrir en apelación constituir un depósito de 50 euros, que se consignará en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado.

Notifíquese esta resolución a las partes, cuyo original quedará registrado en el libro de sentencias, quedando testimonio de la misma en estos autos.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Eva María Martínez Gallego.

Magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 4-Mercantil de Ourense»

Y encontrándose dichos demandados, María Rosa Clemente Núñez, María Josefa Nieto Clemente, Emilio Nieto Clemente, Demetrio Nieto Clemente, Rudesino Nieto Gil, en rebeldía procesal y en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Ourense, 27 de marzo de 2014

La secretaria judicial