Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Miércoles, 23 de julio de 2014 Pág. 32266

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (164/2013).

Susana Varela Amboage, secretaria del Juzgado de lo social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Enrique Barreiro Antonio contra Barreiro Grafinova, S.A., Vedoira, S.L., Editorial Danu, S.L., Papeles y Tintas, S.L., registrado con el nº DOI 164/2013 se ha acordado publicar la siguiente resolución al estar los demandados en ignorado paradero, se le hace saber que tiene la resolución anterior a su disposición en la oficina judicial de este juzgado.

Parte dispositiva:

Acuerdo: tener por desistida a la parte demandante Enrique Barreiro Antonio de su demanda presentada frente a Grafinova, S.A., Vedoira, S.L., Editorial Danu, S.L., Papeles y Tintas, S.L. acordando el sobreseimiento de las presentes actuaciones y el archivo de los autos.

Incorpórese el original al libro de decretos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 188.2 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen
público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta nº 00301846420005001274 del Banco Español de Crédito, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuase diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

La secretaria judicial.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a Grafinova, S.A., Vedoira, S.L., Editorial Danu, S.L., Papeles y Tintas, S.L., se expide la presente para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

Santiago de Compostela, 2 de julio de 2014

A secretaria judicial