María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento seguridad social 528/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Mutua Gallega Accidentes de Trabajo contra Pacasucha, S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social sobre seguridad social, se ha dictado la siguiente sentencia, cuyo fallo dice:
Que estimando la demanda interpuesta por Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra Pacasucha, S.L., declaro a la empresa responsable directa y principal del abono de las prestaciones anticipadas por la Mutua, condenando a la mercantil demandada a que reintegre a la Mutua la cantidad de 748,23 euros € en concepto de prestaciones de IT derivadas del proceso de incapacidad temporal abonadas por la actora a la trabajadora María Lucero Nieva Hurtado.
Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social, en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de esta sentencia, por comparecencia o por escrito, pasados los cuales quedará firme y se procederá a su archivo.
Así, por esta mi sentencia, que pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Pacasucha, S.L. , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
A Coruña, 27 de junio de 2014
La secretaria judicial