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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 134 Miércoles, 16 de julio de 2014 Pág. 31426

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 30 de junio de 2014 por la que se notifica el acuerdo de ejecución subsidiaria de orden de demolición del expediente 107 B 2001/80-0, devuelta por el servicio de Correos por resultar su interesado ausente en el reparto.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el día 30 de mayo de 2014, dictó resolución por la que se dispone la ejecución forzosa, mediante la ejecución subsidiaria a costa de la entidad mercantil Las Cinco Jotas de Galicia, S.L. y de sus socios y partícipes, de la Resolución de 11 de abril de 2001, que ordenó la demolición de las obras ejecutadas sin autorización urbanística autonómica, consistentes en la construcción de una nave almacén de planta baja y de ampliación de otra nave existente mediante la adición de una cubierta entre ambas naves que cubre el camino público denominado Xosín, en Candeán, en el término municipal de Vigo, provincia de Pontevedra.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución a la entidad Las Cinco Jotas de Galicia, S.L., mediante esta cédula y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifica al interesado dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se tenga producido la notificación, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, significándole que el recurso únicamente será admisible por motivos de infracción del ordenamiento inherentes al acuerdo de ejecución subsidiaria, siendo motivo de inadmisión la reiteración de las mismas razones que se esgrimieron o pudieron esgrimirse frente a la resolución de la que el presente acuerdo es un mero acto de ejecución.

Si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la presente notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 30 de junio de 2014

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística