La Ley 3/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia, dedica su título II a las competencias de las administraciones públicas gallegas en materia de deporte, y en el artículo 5 consagra las competencias que le corresponden a la Administración autonómica, según lo establecido en el artículo 27.22 del Estatuto de autonomía de Galicia, especificando en el punto 1, apartado m), la atribución de esta Administración en el fomento y regulación del deporte y de los deportistas de alto nivel de Galicia, así como sus beneficios.
Para la definición de la política deportiva autonómica, fijando las directrices y programas de fomento y desarrollo del deporte gallego en sus diferentes niveles, la Secretaría General para el Deporte de la Xunta de Galicia dota al deporte de alta competición de los medios necesarios para la mejora de su nivel técnico. Con este objetivo se convocan las becas para el Centro Gallego de Tecnificación Deportiva (en adelante, CGTD), para la temporada 2014/15, que se ajustarán a las siguientes disposiciones generales:
Primero. Finalidad de la convocatoria
1.1. La presente convocatoria tiene por finalidad la concesión de las becas para el CGTD, con el objeto de facilitar el entrenamiento de los deportistas de tecnificación y rendimiento, creando un clima de entrenamiento y convivencia entre deportistas de diferentes especialidades deportivas, fomentando la educación integral de los deportistas que favorezca su desarrollo personal y facilitando la mejora de su rendimiento deportivo con la finalidad de alcanzar el máximo nivel competitivo.
1.2. A los efectos de la presente resolución, el CGTD es el conjunto de las instalaciones conformados por las ubicadas en la calle Padre Fernando Olmedo, 1, de la ciudad de Pontevedra, así como el campo de regatas y complejo náutico de Verducido.
Segundo. Beneficiarios y sus requisitos
2.1. Beneficiarios.
Los deportistas beneficiarios de las becas serán seleccionados, conforme al procedimiento establecido en la presente resolución y según los requisitos contemplados en el siguiente apartado, previa presentación de su candidatura por la federación deportiva gallega a la que estén adscritos.
Podrán presentar candidatos aquellas federaciones deportivas de modalidades olímpicas y paralímpicas de deportes individuales que sean compatibles con los servicios e instalaciones del CGTD, y que cuenten con un grupo de tecnificación y/o rendimiento con deportistas que cumplan los requisitos establecidos en el apartado 2.2 de esta resolución y que se ajusten a la política deportiva autonómica establecida por la Secretaría General para el Deporte.
2.2. Requisitos.
Los requisitos de los deportistas beneficiarios de las becas serán los siguientes:
– Tener evaluación positiva de los responsables técnicos de la federación deportiva encargada del programa.
– Tener licencia en un club gallego expedida por la federación correspondiente. Se admitirán excepciones que no cumplan este requisito en el grupo élite.
– Los deportistas propuestos para plaza de residencia o de externo 1 deberán haber promocionado de curso en la convocatoria ordinaria de junio 2014 o en la extraordinaria de septiembre 2014 (no consideramos la promoción por imperativo legal). Excepcionalmente, se podrá considerar la posibilidad de repetición de aquellos deportistas cuyas federaciones justifiquen que participaron, con posibilidad de seguir participando, en campeonatos de Europa, del mundo y/o juegos olímpicos.
Tercero. Naturaleza, número de becas y duración
3.1. Naturaleza.
3.1.1. Grupo de tecnificación.
Deportistas que cumplan 15, 16, 17 o 18 años en 2015 (nacidos en los años 2000, 1999, 1998 y 1997). Excepcionalmente, se podrán atender solicitudes que por razones académicas no se ajusten al rango de edad señalado: alumnos de altas capacidades que, previa autorización de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria cursen 3º de ESO con menos de 15 años y alumnos de 2º de bachillerato que por haber repetido algún curso, antes de su ingreso en el CGTD, superen los 18 años.
– Plaza de residente: residentes de fuera del ayuntamiento de Pontevedra.
Beneficios de la plaza: matrícula en el IES adscrito al centro, alojamiento y manutención completa en la residencia (comida de lunes a viernes y cena de lunes a jueves), servicio de lavandería, incorporación al grupo de entrenamiento de su modalidad, instalaciones deportivas, servicio médico-deportivo, servicio de fisioterapia y tutoría.
– Plaza de externo 1: residentes en el ayuntamiento de Pontevedra.
Beneficios de la plaza: matrícula en el IES adscrito al centro, comida en el comedor de la residencia, incorporación al grupo de entrenamiento de su modalidad, instalaciones deportivas, servicio médico-deportivo, servicio de fisioterapia y tutoría.
3.1.2. Grupo de rendimiento.
Deportistas de más de 18 años.
– Plaza de residente: deportistas que cumplan de 19 a 25 años en 2015 (nacidos del año 1996 al 1990) que residan fuera del ayuntamiento de Pontevedra, que estén matriculados en algún centro educativo.
Beneficios de la plaza: alojamiento y manutención completa (comida de lunes a viernes y cena de lunes a jueves), servicio de lavandería, incorporación al grupo de entrenamiento de su modalidad, instalaciones deportivas, servicio médico-deportivo y servicio de fisioterapia.
– Plaza de externo 2: deportistas que cumplan de 19 a 25 años en el 2015 (nacidos del año 1996 al 1990).
Beneficios de la plaza: comida en el comedor de la residencia, incorporación al grupo de entrenamiento de su modalidad, instalaciones deportivas, servicio médico-deportivo y servicio de fisioterapia.
– Élite: deportistas mayores de 25 años.
Beneficios de la plaza: comida en el comedor de la residencia, instalaciones deportivas, servicio médico-deportivo y servicio de fisioterapia.
– Plaza de externo 3: deportistas mayores de 18 años.
Beneficios de la plaza: instalaciones deportivas, servicio médico-deportivo y servicio de fisioterapia.
3.1.3. Entrenador residente: que esté propuesto como parte del equipo técnico de su respectiva federación para la temporada 2014/15.
Beneficios de la plaza: alojamiento y manutención completa (comida de lunes a viernes y cena de lunes a jueves), servicio de lavandería e instalaciones deportivas.
3.2. Número de becas y duración.
Se convocan un máximo de 195 plazas:
– Hasta 80 plazas de residente (grupo tecnificación).
– Hasta 10 plazas de externo 1 (grupo tecnificación).
– Hasta 12 plazas de residente (grupo rendimiento).
– Hasta 30 plazas de externo 2 (grupo rendimiento).
– Hasta 20 plazas de élite (grupo rendimiento).
– Hasta 40 plazas de externo 3 (grupo rendimiento).
– Hasta 3 plazas de entrenador residente.
La duración de las becas será desde el 15 de septiembre hasta el 31 de julio, exceptuando el grupo de residentes de tecnificación que finalizará la última semana de clase.
La Secretaría General para el Deporte, vista la propuesta de la comisión de evaluación, podrá cubrir o no la totalidad de las plazas ofertadas.
Cuarto. Solicitudes. Forma y plazo de presentación
4.1. Solicitudes.
Las federaciones deportivas gallegas, sobre una base de un proyecto deportivo integral en el que figure un grupo de entrenamiento y una cobertura técnica suficiente que garantice la preparación de los deportistas, deberán realizar una preselección de sus deportistas.
4.2. Forma y lugar.
Las solicitudes se presentarán mediante escrito de las federaciones deportivas gallegas dirigido a la dirección del CGTD:
• Dirección: Padre Fernando Olmedo, 1, 36002 Pontevedra.
• Teléfono: 986 85 44 37/986 85 77 58.
• Fax: 986 84 75 10.
• Correo electrónico: cgtd@xunta.es
Cada solicitud deberá ir acompañada de los siguientes anexos:
Documentación |
Unidades |
Anexo I-Solicitud de programa de tecnificación y/o rendimiento. |
1 |
Anexo II-Proyecto de tecnificación y/o de rendimiento para el curso 2014/15. |
1 |
Anexo III-Propuesta equipo técnico. |
1 por persona |
Anexo IV-Entrenador responsable de la sección deportiva: declaración de conocimiento de sus funciones y declaración de no estar en situación de incompatibilidad. |
1 |
*Anexo V-Entrenador responsable de grupo: declaración de conocimiento de sus funciones. |
1 por persona |
Anexo VI-Valoración de los deportistas. |
1 por persona |
* En caso de haber entrenadores de grupo
Se accederá a los anexos a través de la página web de la Secretaría General para el Deporte (http://deporte.xunta.es).
4.3. Plazo de presentación.
Las solicitudes con los anexos I, II, III, IV, V y VI podrán presentarse, en un plazo de 10 días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Secretaría General para el Deporte (http://deporte.xunta.es).
Quinto. Criterios de adjudicación
5.1. La adjudicación de plazas se hará de acuerdo a los siguientes criterios:
5.1.a) Criterios para el reparto del número de becas en el grupo de tecnificación.
Se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
Federaciones que soliciten renovación del programa |
|||
Criterio 1. Nº de deportistas DGAN, entre los becados del CGTD, en los últimos 3 cursos (2010/11, 2011/12, 2012/13) |
|||
Entre 1-10 |
Entre 11-20 |
Entre 21-30 |
+30 |
5 puntos |
10 puntos |
15 puntos |
20 puntos |
Criterio 2. Nº de deportistas DAN entre los becados del CGTD en los últimos 3 cursos (2010/11, 2011/12, 2012/13) |
|||
Entre 1-10 |
Entre 11-20 |
Entre 21-30 |
+30 |
5 puntos |
10 puntos |
15 puntos |
20 puntos |
Criterio 3. Nº de medallas en campeonatos de España entre los becados del CGTD, en los últimos 3 cursos (2010/11, 2011/12, 2012/13) |
|||
Entre 1-20 |
Entre 21-40 |
Entre 41-60 |
+60 |
5 puntos |
10 puntos |
15 puntos |
20 puntos |
Criterio 4. Nº de concentraciones nacionales a las que acudieron deportistas becados del CGTD, en los últimos 3 cursos (2010/11, 2011/12, 2012/13) |
|||
Entre 1-20 |
Entre 21-30 |
Entre 31-40 |
+40 |
5 puntos |
10 puntos |
15 puntos |
20 puntos |
Criterio 5. Nº de participaciones internacionales, de deportistas becados del CGTD con la selección nacional en los últimos 3 cursos (2010/11, 2011/12, 2012/13) |
|||
Entre 1-10 |
Entre 11-20 |
Entre 21-30 |
+30 |
5 puntos |
10 puntos |
15 puntos |
20 puntos |
Federaciones que soliciten la incorporación del programa |
|||
Criterio 1. Nº de deportistas DGAN, en los años 2011, 2012 y 2013 |
|||
Entre 1-10 |
Entre 11-20 |
Entre 21-30 |
+30 |
5 puntos |
10 puntos |
15 puntos |
20 puntos |
Criterio 2. Nº de deportistas DAN en los años 2011, 2012 y 2013 |
|||
Entre 1-10 |
Entre 11-20 |
Entre 21-30 |
+30 |
5 puntos |
10 puntos |
15 puntos |
20 puntos |
Criterio 3. Nº de medallas en campeonatos de España, desde la categoría cadete a la absoluta, en los años 2011, 2012 y 2013 |
|||
Entre 1-20 |
Entre 21-40 |
Entre 41-60 |
+60 |
5 puntos |
10 puntos |
15 puntos |
20 puntos |
Criterio 4. Nº de concentraciones nacionales a las que acudieron deportistas, desde la categoría cadete a la absoluta, en los años 2011, 2012 y 2013 |
|||
Entre 1-20 |
Entre 21-30 |
Entre 31-40 |
+40 |
5 puntos |
10 puntos |
15 puntos |
20 puntos |
Criterio 5. Nº de participaciones internacionales de deportistas con la selección nacional en los años 2011, 2012 y 2013 |
|||
Entre 1-10 |
Entre 11-20 |
Entre 21-30 |
+30 |
5 puntos |
10 puntos |
15 puntos |
20 puntos |
Reparto del nº de plazas por federación según los puntos obtenidos |
||||
0-25 puntos |
26-40 puntos |
41-65 puntos |
66-80 puntos |
+80 puntos |
2-5 plazas |
6-10 plazas |
11-15 plazas |
16-20 plazas |
+21 plazas |
5.1.b) Criterios para la adjudicación del número de becas en el grupo de rendimiento.
– Plazas de residentes.
Siguiendo este orden de prioridades hasta cubrir las 12 plazas ofertadas.
1º) Deportistas, que terminaron su beca como residentes de tecnificación, que estén incluidos en alguno de los programas de ayuda al deportista olímpico/paralímpico.
2º) Deportistas que estén incluidos en alguno de los programas de ayuda al deportista olímpico/paralímpico.
3º) Deportistas que formaran parte del equipo nacional durante los dos últimos años.
– Plazas de externo 2.
Siguiendo este orden de prioridades hasta cubrir las 30 plazas ofertadas.
1º) Para deportistas participantes en el Campeonato del Mundo, Campeonato de Europa o Copa del Mundo en los años 2013 o 2014.
2º) Para deportistas que, a 8 de septiembre de 2014, estén entre los 2 primeros puestos del ránking nacional de su categoría en la presente temporada (2013/14).
3º) Para deportistas campeones o subcampeones de España en su modalidad en el año 2014.
4º) Para deportistas que participaran con la selección española durante los dos últimos años.
– Plazas élite.
Siguiendo este orden de prioridades hasta cubrir las 20 plazas ofertadas.
1º) Deportistas mayores de 25 años con participación en los últimos juegos olímpicos, juegos paralímpicos.
2º) Deportistas mayores de 25 años participantes en el Campeonato del Mundo, Campeonato de Europa o Copa del Mundo en los años 2013 o 2014.
3º) Deportistas mayores de 25 años que, a 8 de septiembre de 2014, estén entre los 2 primeros puestos del ránking nacional.
4º) Deportistas mayores de 25 años que participaran con la selección española durante los dos últimos años.
– Plazas externo 3.
Siguiendo este orden de prioridades hasta cubrir las 40 plazas ofertadas.
1º) Deportistas mayores de 18 años que quedasen en los puestos 3º o 4º en el Campeonato de España del año 2014.
2º) Deportistas mayores de 18 años que ocupen los puestos 3º o 4º del ránking nacional a 8 de septiembre de 2014.
3º) Deportistas mayores de 18 años que justifiquen tener la condición de DGAN y/o DAN en vigor.
Hasta el 30 de septiembre de 2014 las federaciones gallegas podrán solicitar cambios cuando se produzcan bajas o una modificación en el tipo de beca concedida a un deportista cuando los campeonatos de España, campeonatos de Europa, Campeonato del Mundo o Copa del Mundo tengan lugar después del 8 de septiembre.
– Entrenador residente.
En el caso de que haya más demanda que las plazas ofertadas el reparto se hará según los siguientes criterios:
1º) Antigüedad como entrenador en el CGTD.
2º) Mayor número de deportistas residentes de su modalidad.
3º) Tener experiencia como entrenador residente en las concentraciones de verano.
5.2. Junto a los criterios apuntados, tendrán prioridad los deportistas con mayores posibilidades de acudir a la cita de Río 2016, presidiendo en todo caso la adjudicación la garantía de la máxima rentabilidad y utilidad del centro, de sus servicios e instalaciones. Asimismo, se tendrá en cuenta la oferta existente en centros reconocidos por el CSD, a fin de optimizar los recursos disponibles.
Sexto. Equipo técnico propuesto por la federación correspondiente
La relación laboral entre los miembros del equipo técnico y la federación deportiva de la que dependen deberá ajustarse en todo momento a la legislación laboral vigente.
6.1. El equipo técnico estará formado por:
– Un entrenador responsable de la sección deportiva obligatoriamente.
– Un sustituto nombrado para cubrir las ausencias del responsable obligatoriamente.
– Uno o varios entrenador/es responsable/s de grupo con carácter opcional.
6.2. El entrenador responsable de la sección deportiva.
Será la persona con mayor responsabilidad de esa sección deportiva en el CGTD y deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Titulación: licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte, o título de técnico Deportivo Superior, o entrenador deportivo de nivel III o equivalente de la modalidad deportiva correspondiente.
b) Experiencia: acreditar un mínimo de 3 años como entrenador.
c) No estar afectado por incompatibilidad.
d) Deberá estar presente en los entrenamientos.
6.3. Entrenador de grupo.
Tendrá la responsabilidad de su grupo de entrenamiento y deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Titulación: licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte, o título de técnico Deportivo Superior, o entrenador deportivo de nivel III o equivalente de la modalidad deportiva correspondiente.
b) No estar afectado por incompatibilidad.
c) Deberá estar presente en los entrenamientos de su grupo.
6.4. Los miembros del equipo técnico no podrán:
Entrenar a otros deportistas en el horario del grupo de entrenamiento del CGTD sin autorización de la Dirección.
6.5. Funciones de los entrenadores.
Son las recogidas en los anexos IV y V de la presente convocatoria.
Sin perjuicio de lo anteriormente dicho, la Secretaría General para el Deporte podrá desestimar la propuesta del responsable de los programas y/o de los otros miembros del equipo técnico presentada por la federación deportiva que solicita la autorización, fundamentando su decisión en el incumplimiento de alguno de los requisitos anteriores, o en la falta de compromiso con el proyecto educativo de centro.
Séptimo. Órgano competente e instructor del procedimiento
Siendo la Secretaría General para el Deporte el órgano competente, se establece como instructora del procedimiento a la directora del Centro Gallego de Tecnificación Deportiva quien, conforme a lo acordado, elevará la propuesta de resolución al secretario general para el Deporte, que adoptará la resolución en virtud de la cual se otorgará la concesión de las becas para el CGTD en la temporada y curso escolar 2014/15.
Finalizado el plazo para la presentación de las solicitudes, aquellas presentadas indebidamente cumplimentadas en sus apartados y anexos se devolverán a las federaciones gallegas, que dispondrán de 5 días hábiles para su remisión una vez cumplimentados correctamente, siendo la federación deportiva gallega la responsable de la autenticidad de los datos aportados en la ficha de cada deportista.
Finalizado el plazo de remisión, el órgano instructor remitirá la documentación presentada que cumpla las exigencias contenidas en estas bases a la comisión encargada de analizar las solicitudes recibidas, que dispondrá de 5 días hábiles para elevar al secretario general para el Deporte la propuesta de resolución con asignación de las becas.
Octavo. Evaluación de solicitudes
Se creará una comisión de evaluación que analizará las solicitudes recibidas y elevará al secretario general para el Deporte la propuesta de asignación de plazas.
La comisión estará constituida por:
– Presidente: secretario general competente en materia de deporte o persona en quien delegue.
– Vocal: subdirectora general de Planes y Programas de la Secretaría General para el Deporte.
– Vocal: directora del CGTD.
– Vocal: subdirectora del CGTD.
– Vocal: jefe del Servicio de Deportes de la provincia de Pontevedra donde está ubicado el CGTD.
– Vocal: técnico de la Secretaría General para el Deporte.
– Secretario: funcionario de la Secretaría General para el Deporte.
Noveno. Obligaciones del deportista becario
El deportista becario estará obligado a:
– Entrenar con el técnico que le asigne su federación.
– Someterse a los controles de dopaje según la normativa en vigor.
– Pasar el control médico obligatorio en los servicios médicos del CGTD.
– Formalizar su ingreso previamente a su incorporación en las oficinas del CGTD.
– Cumplir la normativa contenida en el Reglamento de régimen interno del CGTD.
Décimo. Posibilidad de revocación
10.1. Revocación de un programa.
Los programas podrán ser revocados a lo largo del curso en las siguientes circunstancias:
– A instancia del presidente de la federación gallega correspondiente, con el acuerdo de la asamblea general de su federación.
10.2. Revocación de una beca.
La beca concedida a un deportista podrá ser revocada por las siguientes causas:
– Inadaptación a las normas de convivencia.
– Dar positivo en un control de dopaje o negarse a pasarlo.
– Se podrá revocar la beca si el reconocimiento médico del CGTD concluye que no es apto.
– Se podrá cancelar la beca porque así lo solicite la federación gallega de la que dependa el deportista, justificando incumplimientos de las obligaciones de este con su federación.
– Igualmente, se podrá cancelar por motivos disciplinarios en el caso de faltas muy graves según el Reglamento de régimen interno del centro.
Disposición adicional primera
En el Centro Gallego de Vela de Vilagarcía, como instalación anexa del CGTD, los deportistas becarios de la modalidad de vela deberán cumplir los siguientes requisitos y obligaciones posteriores:
– Requisitos de acceso para los deportistas:
a) Estar empadronados en algún municipio de Galicia.
b) Tener licencia federativa por algún club adscrito a la Federación Gallega de Vela.
c) Tener acreditado un nivel alto en clases juveniles, habiendo asistido a campeonatos europeos o mundiales con la selección nacional.
d) Cumplir los requisitos antropométricos necesarios para la clase en la que va a entrenar.
e) Presentar el programa anual de entrenamiento, concertado con el equipo técnico. Este programa deberá cubrir los siguientes aspectos:
• Plan anual de entrenamientos y competiciones.
• Establecimiento de objetivos.
• Informe mensual en la tabla de ejecución facilitada por el entrenador.
• Planificación de la programación física y nutricional.
– Obligaciones de los deportistas becarios:
a) Cumplimiento y revisión mensual del anterior programa.
b) Entrenar un mínimo de 15 días al mes (mínimo 5 horas en el centro y 3 en el agua) en el Centro Gallego de Vela.
c) Asistencia obligatoria a las convocatorias de nivel autonómico, nacional o internacional. Estas convocatorias contabilizarán en el cómputo general del apartado f).
d) Asistencia obligatoria a las competiciones clasificatorias para el Equipo Preolímpico Español, en el caso de ser seleccionado por el equipo técnico.
e) Cumplimiento del contrato de cesión o de uso compartido del material, en el caso de tener material cedido por la Federación Gallega de Vela.
Disposición adicional segunda
La comisión de evaluación podrá tener en cuenta la existencia de otros centros y programas deportivos autonómicos vigentes en la Comunidad Autónoma gallega en base a lo establecido en la Resolución de 27 de mayo de 2014, de la Dirección General de Deportes, por la que se califican las instalaciones y en los programas deportivos para el desarrollo del deporte de alto nivel y de competición, con la finalidad de buscar las mejores condiciones de entrenamiento que faciliten a los deportistas alcanzar un máximo nivel competitivo.
Santiago de Compostela, 3 de julio de 2014
José Ramón Lete Lasa
Secretario general para el Deporte