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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 129 Miércoles, 9 de julio de 2014 Pág. 30673

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2014, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que somete a información pública la petición de autorización administrativa y de declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación eléctrica en el municipio de Barro (expediente IN407A 2014/98-4).

A los efectos prevenidos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la petición de autorización administrativa y de declaración de utilidad pública, en concreto, y la urgente ocupación que lleva implícita, de la instalación eléctrica que se describe:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: travesía de Vigo, 204, 36207 Vigo.

Denominación: LMT y CT Os Casás-Goimil.

Situación: Barrol.

Características técnicas: LMT aérea a 20 kV con conductor tipo LA-56 de 55 metros de longitud con origen en el apoyo C-3000/14, nº 62-10 de la TIB 810 de la derivación al CT Revolta y final en el apoyo proyectado CH-630-13, en el cual se realiza un paso aéreo subterráneo (PAS). LMT subterránea a 20 kV con conductor RHZ1 de 868 metros de longitud, con origen en el apoyo proyectado CH-630-13 (PAS) y final en el CT proyectado. Centro de transformación de 250 kVA, RT 20 kV/400-230 V, situado en Os Casás, Barro.

La relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que se van a expropiar figura en el anexo.

Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones por duplicado en esta jefatura territorial, avenida Fernández Ladreda, 43, 36003 Pontevedra, en el plazo de treinta días, a partir de la última publicación o notificación individual.

Durante dicho período cualquier persona podrá aportar, por escrito, los datos oportunos para rectificar posibles errores en la relación de personas, bienes y derechos afectados, así como formular las alegaciones procedentes por razón de lo dispuesto en el artículo 145 del Real decreto 1955/2000 antes citado.

Asimismo, y en el mencionado plazo, podrá examinarse en esta jefatura territorial el proyecto de la instalación.

Pontevedra, 12 de junio de 2014

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados

Finca 1. Municipio: Barro; paraje: Rabuña; titular: Mancomunidad de Montes de Agudelo; afección: 6 m2 de suelo para el apoyo nº 1 (paso aéreo subterráneo).

Finca 2. Municipio: Barro; paraje: Os Casás-Agudelo; titular: Mª Carmen Villaverde Vázquez; afección: 8,42 m2 de suelo para el centro de transformación y 0,49 m2 de servidumbre de paso.

Finca 3. Municipio: Barro; paraje: Os Casás-Agudelo; titular: Celso Fernández Vázquez; afección: 8,39 m2 de suelo para el centro de transformación y 6,98 m2 de servidumbre de paso.