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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 128 Martes, 8 de julio de 2014 Pág. 30495

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (71/2013).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 71/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Adoración Raña Mosquera contra Grafinova, S.A., Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) sobre ordinario, se ha dictado sentencia nº 223 cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal:

Sentencia.

Santiago de Compostela, 10 de junio de 2014.

Vistos por Mª del Carmen Barcala Barreiro, magistrada jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de los de Santiago de Compostela, los presentes autos registrados con el número indicado, promovidos a instancia de María Adoración Raña Mosquera, asistida por la letrada Sra. Cancela Regueiro, frente a Grafinova, S.A. y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), que no comparecieron pese a constar debidamente citados, se dicta la presente sentencia en base a los siguientes (...)

Fallo:

Que estimo íntegramente la demanda interpuesta por María Adoración Raña Mosquera frente a Grafinova, S.A. y el Fogasa y, en consecuencia, condeno a la mercantil demandada a abonar a la actora la cantidad de 5.898,07 euros en concepto de salarios de enero, julio y siete días de septiembre de 2012, paga extra de julio de 2012 y parte proporcional pagas extras de marzo, septiembre y diciembre, cantidad que debe ser incrementada con el 10 % de intereses del artículo 29.3 del ET, condenando al Fogasa únicamente en los términos del artículo 33 del ET.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante el TSJ de Galicia en el plazo de cinco días.

Así lo acuerda, manda y firma Mª del Carmen Barcala Barreiro, magistrada jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Grafinova, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 16 de junio de 2014

La secretaria judicial