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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 127 Lunes, 7 de julio de 2014 Pág. 30276

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2014 por la que se da publicidad a la campaña de vigilancia periódica de la salud para el personal docente destinado en centros educativos no universitarios dependientes de esta consellería.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, modificada por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales, el empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica do su estado de salud en función dos riesgos inherentes al trabajo.

El Decreto 4/2013, de 10 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, establece en el artículo 7.2.3 que el Servicio de Prevención de Riescos Laborales de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria realizará las funciones que establece el artículo 31.3º de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, modificado por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, en relación con el personal de la Xunta de Galicia que presta servicios en los centros docentes dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria. Entre estas se encuentra la vigilancia de la salud de dicho personal que, en todo caso, deberá contar con su consentimiento y respetar su derecho a la intimidad y a la dignidad.

En base a lo dicho con anterioridad se publica esta convocatoria de campaña de vigilancia periódica de la salud en el ámbito educativo para el personal docente destinado en centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, y de acuerdo con las siguientes premisas:

Primera. Objeto

Prestación de la vigilancia de la salud del personal docente destinado en centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, en función de los riesgos inherentes al trabajo, según lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

Segunda. Ámbito de aplicación

Es aplicable al personal docente que presta servicios en los centros docentes públicos de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

Tercera. Inscripción

La inscripción previa se realizará de forma de forma telemática en el formulario de petición de reconocimiento que está disponible en la página web de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria en el siguiente enlace: https://revisionmedicadocentes.xunta.es

La inscripción debe incluir todos los datos que figuren en el formulario. La falta de alguno de ellos impedirá la tramitación de la solicitud.

Toda inscripción generará un justificante de consentimiento que se deberá presentar el día concertado para realizar la vigilancia de la salud.

El plazo de inscripción comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el 15 de septiembre de 2014.

Las/los responsables de los distintos centros de trabajo facilitarán las instrucciones necesarias para la inscripción.

Cuarta. Citaciones

La falta de asistencia a la cita implicará, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada ante el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales en el plazo de 5 días, que el/la trabajador/a renuncia al reconocimiento médico de forma voluntaria.

Santiago de Compostela, 23 de junio de 2014

P.D. (Orden de 25.1.2012)
Jesús Oitavén Barcala
Secretario general técnico de la Consellería de Cultura, Educación
y Ordenación Universitaria