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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 118 Lunes, 23 de junio de 2014 Pág. 28482

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Vigo

ANUNCIO del acuerdo relativo a la rectificación de las bases específicas de la convocatoria de plazas de policía local.

La Junta de Gobierno Local, en sesión de 23 de mayo de 2014, adoptó acuerdo relativo a la rectificación, al amparo del artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de las bases específicas de la convocatoria de veintitrés plazas de policía local (dieciocho por el turno libre y cinco por movilidad horizontal), publicadas en el BOP nº 240, de 18 de diciembre de 2013, y en el DOG nº 245, de 24 de diciembre de 2013, incluidas en la oferta de empleo público correspondiente a los años 2010-2011 –segunda fase–, debiendo añadir a las bases específicas en el punto 8.-Policía local, lo siguiente:

«X. Curso selectivo de formación y prácticas.

De conformidad con lo previsto en la base XIV de las generales y en el Decreto de la Xunta de Galicia 204/2000, de 21 de julio, los/as aspirantes aprobados/as deberán superar un curso teórico-práctico en la Academia Gallega de Seguridad Pública de Galicia (Agasp).

Además, los/as aspirantes que superen el curso deberán realizar un período de prácticas en el ayuntamiento que será valorado por la Alcaldía tras el informe del jefe del cuerpo, debiendo obtener la calificación de apto para superarlo.

Superado el período de formación, los/as alumnos/as recibirán el diploma acreditativo y podrán ser nombrados/as funcionarios/as de carrera.

El/la alumno/a que por enfermedad o alguna otra causa justificada pierda más del 15 % de las clases del curso de formación será declarado/a no apto y podrá incorporarse al siguiente curso cuando la causa determinante se lo permita.

El/la alumno/a que no supere el curso de formación teórico-práctica podrá repetirlo por una sola vez, debiendo, en este caso, incorporarse al curso siguiente».

Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación del acto administrativo que ponga fin a la vía administrativa, en los supuestos, términos y condiciones de lo previsto en los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente en derecho.

Vigo, 2 de junio de 2014

Carlos López Font
Concejal delegado de Gestión Municipal