María Jesús Hernando Arenas, secretaria del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hace saber que ante este juzgado se tramitan autos con el número PO 641/2013 a instancia de Carlos Tudoli Noya contra Irevir Intermodal, S.A. y el Fogasa, sobre despido, en los que en el día de la fecha se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice textualmente:
Que, estimando la demanda interpuesta por el actor contra la empresa Irevir Intermodal, S.A., debo condenar y condeno a ésta a que abone al actor la cantidad de 10.637,33 euros, más el diez por ciento de interés de mora.
Asimismo, debo absolver y absuelvo al Fogasa sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.
Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra la misma cabe recurso de suplicación.
Así por esta mi sentencia, que pronuncio, mando y firmo.
Para que conste e insertar en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación a la empresa demandada Irevir Intermodal, S.A., con el apercibimiento de que las sucesivas notificaciones se realizarán en los estrados del juzgado excepto las que revistan forma de emplazamientos, sentencias y autos, expido y firmo el presente.
A Coruña, 30 de mayo de 2014
María Jesús Hernando Arenas
Secretaria judicial