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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 111 Jueves, 12 de junio de 2014 Pág. 26505

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 30 de mayo de 2014 por la que se autoriza la implantación en la Universidad de Santiago de Compostela del máster universitario en Investigación en Ciencias de la Visión para el curso 2013/14 y se revoca la autorización para impartir determinadas titulaciones universitarias oficiales de máster universitario en las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela y Vigo.

La Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, establece que la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional serán acordadas por la Comunidad Autónoma, previa solicitud de implantación por las universidades, según lo dispuesto en la legislación vigente.

Mediante el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado por el Real decreto 861/2010, de 2 de julio, se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, disponiendo en su capítulo VI el procedimiento de verificación y acreditación de los títulos. Los planes de estudios serán verificados mediante resolución del Consejo de Universidades y autorizados por la comunidad autónoma. Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros se establecerá el carácter oficial de los títulos y se procederá a su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).

En el ámbito autonómico esta materia está regulada por la Ley 6/2013, de 13 de junio, del Sistema universitario de Galicia, y la Orden de 20 de marzo de 2012 por la que se desarrolla el Decreto 222/2011, de 2 de diciembre, por el que se regulan las enseñanzas universitarias oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

En el Decreto 222/2011, de 2 de diciembre, se establece que el procedimiento para obtener la autorización de implantación de las enseñanzas universitarias oficiales en el ámbito territorial propio de la comunidad autónoma se hará por orden de la consellería competente en materia de universidades y se publicará en el Diario Oficial de Galicia. Previamente tendrá que ser informado por el Consejo Gallego de Universidades, de acuerdo con lo previsto en el artículo 56 de la citada Ley 6/2013, de 13 de junio, del Sistema universitario de Galicia.

El artículo 19.2 de la citada Orden de 20 de marzo de 2012, recoge que las universidades, después de ser autorizadas a implantar estudios, quedarán obligadas a adoptar las garantías precisas para que no se demore su impartición más allá de un curso académico. Por razones excepcionales, debidamente justificadas, el departamento competente en materia de universidades podrá autorizar la no impartición de la titulación en otro curso académico. La no impartición de la titulación más allá de dos cursos académicos consecutivos conllevará el inicio del procedimiento de revocación.

El Pleno del Consejo Gallego de Universidades, en la sesión de 26 de mayo de 2014, en ejercicio de sus competencias, acordó informar favorablemente la solicitud de implantación y revocación por las universidades del Sistema universitario de Galicia de los títulos que se relacionan a continuación.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo 1

Conceder autorización a la Universidad de Santiago de Compostela para implantar, para el curso 2013/14, las enseñanzas universitarias oficiales de máster universitario en Investigación en Ciencias de la Visión (interuniversitario). Esta autorización inicia el proceso de extinción del máster universitario en Investigación en Ciencias de la Visión coordinado por la Universidad de Valladolid y en el que también participan la Universidad de Santiago de Compostela, la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad de Alcalá, la Universidad de Murcia y la Universidad de Navarra, autorizado para la USC por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero (DOG de 8 de febrero), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310081.

Artículo 2

Revocar la autorización a la Universidad de A Coruña para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

1. Máster universitario en Ingeniería Marítima, autorizado por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310004.

2. Máster universitario en Láseres y Aplicaciones en Química. Quimiláser (interuniversitario), coordinado por la Universidad Pablo de Olavide y en el que participa la UDC, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311024.

3. Máster universitario en Procuraduría (interuniversitario), coordina la USC y en el que participan la UDC y la Uvigo autorizado por la Orden de 6 de junio de 2013 y que figura inscrito en el RUCT con el código 4313728.

4. Máster universitario en Tecnologías de la Información y Comunicación en Redes Móviles-TICRM (interuniversitario), coordina la Universidad de Cantabria y en el que participa la UDC, autorizado por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310426.

Artículo 3

Revocar la autorización a la Universidad de Santiago de Compostela para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

1. Máster universitario en Ciencia y Tecnología de Coloides e Interfaces (interuniversitario). Coordina la Universidad de Granada y en el que participan la USC y la Uvigo, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311128.

2. Máster universitario en Derecho Privado, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311752.

3. Máster universitario en Ingeniería para el Desarrollo Rural, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311765.

4. Máster universitario en Industria y Economía Lechera, autorizado por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310852.

5. Máster universitario en Investigación Agraria y Forestal, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311768.

6. Máster universitario en Investigación Básica y Aplicada en Ciencias Veterinarias, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311769.

7. Máster universitario en Investigación en Ciencias de la Visión (interuniversitario). Coordina la Universidad de Valladolid y en el que participa la USC, autorizado por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310081.

8. Máster universitario en Investigación en Didáctica de las Ciencias Experimentales y de la Matemática, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311771.

9. Máster universitario en Procuraduría (interuniversitario). Coordina la USC y en el que participan la USC y la Uvigo, autorizado por la Orden de 6 de junio de 2013 y que figura inscrito en el RUCT con el código 4313728.

10. Máster universitario en Investigación en Psicología Clínica y Psicobiología, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311775.

11. Máster universitario en Psicogerontología (interuniversitario). Coordina Universidad de Barcelona y en el que participa la USC, autorizado por el Decreto 53/2008, de 13 de marzo, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311539.

Artículo 4

Revocar la autorización a la Universidad de Vigo para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

1. Máster universitario en Administración Integrada de Empresas: Responsabilidad Social Corporativa, Calidad y Medio Ambiente, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310603.

2. Máster universitario en Biodiversidad y Ecosistemas, autorizada por el Decreto 150/2010, de 16 de septiembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4312441.

3. Máster universitario en Ciencia y Tecnología de Coloides e Interfaces (interuniversitario). Coordina la Universidad de Granada y en el que participan la USC y la Uvigo, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311128.

4. Máster universitario en Derecho Urbanístico y del Medio Ambiente, autorizado por el Decreto 13/2007, de 1 de febrero, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310385.

5. Máster universitario en Ecosistemas Terrestres, Uso Sostenible e Implicaciones Ambientales, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311036.

6. Máster universitario en Interpretación de Conferencias, autorizado por el Decreto 150/2010, de 16 de septiembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4312438.

7. Máster universitario en Investigación en Contabilidad y Finanzas, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310605.

8. Máster universitario en Metodología y Aplicaciones en Biología Molecular, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310601.

9. Máster universitario en Procuraduría (interuniversitario). Coordina la USC y en el que participant la USC y la Uvigo, autorizado por la Orden de 6 de junio de 2013 y que figura inscrito en el RUCT con el código 4313728.

10. Máster universitario en Radiocomunicación e Ingeniería Electromagnética, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre, y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311044.

Artículo 5

Las universidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar los derechos académicos de los estudiantes que se encuentren cursando estudios que inician el proceso de revocación de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Decreto 222/2011, de 2 de diciembre.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 30 de mayo de 2014

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria