De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones de los recursos de alzada interpuestos contra las resoluciones sancionadoras recaídas en los expedientes que se citan en el anexo porque, intentada la notificación, no se ha podido practicar.
Contra dichas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula, de conformidad con los artículos 8 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
En caso de no haber abonado el importe de la sanción, deberán pagar dicho importe dentro del plazo de 15 días hábiles, mediante ingreso en cualquier oficina del BBVA, de Novagalicia Banco o de Banesto, empleando el modelo impreso que se facilitará en los servicios centrales de la Dirección General de Movilidad.
De no efectuarse el ingreso en dicho plazo, se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Para que conste y sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.
Santiago de Compostela, 21 de mayo de 2014
Mercedes López Caneda
Subdirectora general de Inspección del Transporte