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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 109 Martes, 10 de junio de 2014 Pág. 26165

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (4329/2012).

María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 4329/2012 de esta Sección, seguido a instancia de Enrique Martínez González contra el Instituto Español de Oceanografía y otros, sobre cesión ilegal, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallamos:

Desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la abogada del Estado, en representación del Instituto Español de Oceanografía, contra la sentencia de 14 de marzo de 2012, del Juzgado de lo Social número 5 de Vigo, dictada en juicio seguido a instancia de Enrique Martínez González contra el recurrente y otros, la Sala la confirma íntegramente y, en legal consecuencia, condenamos a la recurrente a las costas de la suplicación, cuantificando en 600 euros los honorarios del letrado del trabajador impugnante de dicho recurso.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma sólo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta Sala de lo Social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de jurisdicción social.

Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la cuenta corriente de esta Sala en el Banco Banesto, nº 1552 0000 80 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la cuenta de esta Sala nº 1552 0000 37 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al Juzgado de lo Social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que surtan sus efectos legales y sirva de notificación a Ginés Navarro Construcciones, S.A., con último domicilio conocido en calle de O Loureiro, s/n, Ribeira, A Coruña, se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento, expido y firmo este edicto.

A Coruña, 12 de mayo de 2014

La secretaria judicial