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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Miércoles, 4 de junio de 2014 Pág. 25432

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

ANUNCIO de 20 de mayo de 2014, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por el que se da publicidad a la Resolución de 3 de abril de 2014, del director general de Desarrollo Rural, que modifica el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Couso (Coristanco).

El 3 de abril de 2014 el director general de Desarrollo Rural dictó la Resolución de modificación del acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Couso (Coristanco, A Coruña), que se transcribe a continuación:

El acuerdo de la zona de concentración parcelaria de Couso (Coristanco, A Coruña), fue aprobado por la dirección general competente en la materia el 7 de octubre de 2004, fue publicado y notificado en la forma legalmente establecida, y se encuentra en la actualidad pendiente de firmeza.

Con posterioridad a estos actos, el Ayuntamiento de Coristanco, el 19 de febrero de 2014, solicitó la cesión de la titularidad de las de las siguientes fincas y para los fines que se especifica:

• Finca núm. 252-2 para el establecimiento de una área de recreo.

• Finca núm. 148 para ampliar el área de la zona deportiva existente en la finca nº 149 propiedad del Ayuntamiento.

• Finca núm. 536 para captación de aguas municipales.

• Finca núm. 550 para captación de aguas municipales.

• Finca núm. 569-1 para instalar un depósito municipal de aguas.

• Finca núm. 591 para equipamiento para las aguas parroquiales.

• Finca núm. 592-1 para equipamiento para las aguas parroquiales.

Visto el informe favorable de la junta local de la zona, la Ley de reforma y desarrollo agrario, de 12 de enero de 1973, la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de concentración parcelaria para Galicia, modificada por la Ley 12/2001, de 10 de septiembre, la Ley 6/2011, de 13 de octubre, de movilidad de tierras, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en su redacción según la Ley 4/1999, de 13 de enero, y demás disposiciones legales vigentes de aplicación al caso.

A la vista de que los destinos para los que se solicitan las fincas nº 252-2, 148, 536, 550, 569-1, 591 y 592-1 son perfectamente subsumibles en el supuesto recogido en el artículo 32 de la antedicha ley gallega, esta dirección general resuelve:

1) Modificar el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Couso (Coristanco, A Coruña), y adjudicar al Ayuntamiento de Coristanco la titularidad de las fincas nº 252-2, 148, 536, 550, 569-1, 591 y 592-1, que causan baja en el fondo de tierras de la zona, para ser destinadas a los fines que se recogen en la parte expositiva de la presente resolución.

2) Transcurridos cinco años desde la cesión de las titularidades sin que las fincas fuesen destinadas a los fines para los que son adjudicadas, la titularidad de las referidas fincas revertirá al fondo de tierras de la zona, al patrimonio de la Comunidad Autónoma, a la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader) o otra entidad que corresponda, según el caso.

3) Ordenar que a la presente resolución se le dé la oportuna publicidad, sin prejuicio de su notificación al Ayuntamiento de Coristanco.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consellería del Medio Rural y del Mar, en el plazo de un mes, que se contará desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución.

A Coruña, 20 de mayo de 2014

Antonio Manuel Aguión Fernández
Jefe territorial de A Coruña