Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 104 Martes, 3 de junio de 2014 Pág. 25080

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de O Porriño

EDICTO (744/2012).

Eva María Carbajo Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de O Porriño, por el presente, anuncio que en el presente procedimiento seguido a instancia de la procuradora María de los Ángeles González Rodríguez, en nombre y representación de Joaquín Tomé Rey frente a María Magdalena Vega Pelaz, se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:

«Sentencia 53/2014.

O Porriño, 28 de abril de 2014.

Vistos por mí, Olalla Díaz Sánchez, jueza titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de O Porriño, los presentes autos de juicio verbal 744/2012, seguidos a instancia de Joaquín Tomé Rey, representado por la procuradora María de los Ángeles González Rodríguez y asistido por el letrado Ricardo Martínez Geijo, frente a María Magdalena Vega Pelaz, en situación de rebeldía procesal.

Antecedentes de hecho.

Primero. El presente procedimiento trae causa de la demanda presentada el 19 de diciembre de 2012 por la representación procesal del Sr. Tomé, en que reclamaba la modificación de la medida establecida en autos de juicio de separación contenciosa 172/2008, tramitados en este juzgado y relativa a la pensión compensatoria. Admitida a trámite y tras reiterados intentos infructuosos de emplazamiento a la parte demandada, esta hubo de ser finalmente notificada por edictos, no contestó ni se personó en plazo, por lo que fue declarada en situación de rebeldía procesal.

Segundo. Señalada finalmente fecha para la celebración de juicio, este tuvo lugar el 14 de abril de 2014 en la sede de este juzgado, donde las partes personadas practicaron la prueba admitida, según consta en el acta.

Tercero. En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales esenciales.

Fallo.

Estimando íntegramente la demanda presentada por la representación procesal de Joaquín Tomé Rey frente a María Magdalena Vega Pelaz, se acuerda modificar las medidas acordadas en sentencia dictada en los autos de juicio de separación contenciosa 172/2008 tramitados en este juzgado, en el sentido de fijar la pensión compensatoria a cargo del aquí demandante en la suma de 50 euros desde la próxima mensualidad, con actualización anual automática según el IPC.

Sin pronunciamiento expreso en cuanto a costas.

La presente resolución no es firme y contra ella cabe recurso de apelación, que se presentará en este juzgado el plazo de 20 días desde su notificación.

Notifíquese a las partes.

Así lo acuerdo, mando y firmo».

Y encontrándose dicha demandada María Magdalena Vega Pelaz en paradero desconocido, se expide el presente edicto a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

O Porriño, 6 de mayo de 2014

La secretaria judicial