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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 100 Martes, 27 de mayo de 2014 Pág. 23894

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Lugo

EDICTO (1148/2013).

Rafael González Alió, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, hago saber que en el procedimiento 1148/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Alfredo Eleazar Vela Vela contra Alemarse, S.L. sobre despido, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Que, estimando la demanda interpuesta por Alfredo Eleazar Vela Vela, representado por la letrada Sra. Souto Neira, contra la empresa Alemarse, S.L., que no ha comparecido pese a estar debidamente citada, debo declarar y declaro que el despido de la parte actora con efectos desde el 31 de octubre de 2013, constituye un despido improcedente, condenando a la empresa demandada a que, en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución, opte entre la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían antes del despido o el abono de una indemnización equivalente a 189,86 euros y, en el caso de readmisión, a abonar al trabajador los salarios de tramitación a razón de 34,52 euros diarios. De no optar entre readmisión o indemnización se entiende que procede la primera.

Notifíquese esta sentencia a los representantes legales de las partes, con la advertencia de que, contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, dentro de los cinco días siguientes al de su notificación, por conducto de este juzgado, ante el que deberá ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito y con los demás requisitos exigidos en los artículos 191 y siguientes de la Ley reguladora de la jurisdicción social.

Y para que sirva de notificación en forma a Alemarse, S.L., en ignorado paradero, expido y firmo el presente edicto.

Lugo, 6 de mayo de 2014

El secretario judicial