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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 100 Martes, 27 de mayo de 2014 Pág. 23857

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 16 de mayo de 2014 por la que se fija el importe del crédito disponible en la convocatoria de 2014 para la concesión de ayudas para proyectos al amparo de los planes estratégicos zonales a los grupos de acción costera, convocadas por la Orden de 16 de marzo de 2011 por la que se establecen las bases y se regula el procedimiento de su concesión (con financiación del Fondo Europeo de Pesca).

La Orden de 16 de marzo de 2011 (DOG nº 57, de 22 de marzo) modificada por la Orden de 5 de julio de 2012 (DOG nº 143, de 27 de julio) y por la Orden de 16 de julio de 2013 (DOG nº 137, de 19 de julio) establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas para proyectos al amparo de los planes estratégicos zonales aprobados por la Consellería del Medio Rural y del Mar a los grupos de acción costera (con financiación del Fondo Europeo de Pesca).

El artículo 10 de la citada orden establece que la presentación de las solicitudes se mantiene abierta hasta el 31 de marzo de 2014, y en el mismo se establecen los períodos anuales de resolución.

El artículo 9 de la citada orden establece que las ayudas se concederán con cargo a las aplicaciones presupuestarias que en cada uno de los años de vigencia del actual Programa operativo FEP 2007-2013 señale la correspondiente Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma.

En cada anualidad sucesiva hasta 2014 se fijará mediante una orden complementaria el crédito plurianual existente con esta finalidad. Los créditos de cada año podrán ser incrementados, en su caso, con las incorporaciones de los remanentes de ejercicios anteriores que legalmente correspondan.

Aprobados los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2014 por la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, procede hacer pública la cuantía del crédito presupuestario destinado a hacer frente a dichas ayudas.

A tal objeto, esta consellería

DISPONE:

Artículo 1. Crédito presupuestario de 2014

El crédito presupuestario para las solicitudes de ayuda tramitadas durante el ejercicio del año 2014 y la plurianualidad asociada a las ayudas que puedan concederse en este alcanza el importe de diez millones trescientos quince mil cuatrocientos cuarenta y cuatro euros con treinta céntimos (10.315.444,30 euros), repartidos en las siguientes anualidades y partidas presupuestarias:

Partida presupuestaria

Año 2014

Año 2015

Totales

12.31.723B.770.0

4.280.212,04 €

2.995.992,08 €

7.276.204,12 €

12.31.723B.780.0

1.672.760,85 €

1.366.479,33 €

3.039.240,18 €

Totales

5.952.972,89 €

4.362.471,41 €

10.315.444,30 €

Las ayudas se financiarán con cargo al Fondo Europeo de Pesca (75 %), a fondos de la Administración general del Estado y a fondos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 2. Ampliación del crédito

La cuantía establecida en el artículo anterior para la anualidad 2014 podrá ser incrementada en la cantidad resultante de las incorporaciones de créditos remanentes de otros ejercicios.

Artículo 3. Concesión de las ayudas

La concesión de ayudas quedará limitada, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de mayo de 2014

Rosa María Quintana Carballo
Conselleira del Medio Rural y del Mar