En sesión que tuvo lugar el día 16 de mayo de 2014, el tribunal nombrado por la Orden de 6 de febrero de 2014 para calificar el proceso selectivo extraordinario de consolidación para el ingreso en el cuerpo facultativo de grado medio de la Xunta de Galicia, subgrupo A2, escala de ingenieros/as técnicos/as agrícolas, de conformidad con la base II.1.1.1.,
ACORDÓ:
Primero. A la vista de las reclamaciones y alegaciones presentadas, anular las preguntas 72 y 103 del turno de promoción interna, pasando a ocupar su puesto la pregunta 101. En el turno de acceso libre, se anulan las preguntas 2 y 62, pasando a ocupar su puesto las preguntas 101 y 102.
Desestimar en su totalidad las restantes reclamaciones y alegaciones presentadas.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.1. de la convocatoria, superaron el primer ejercicio los aspirantes que obtuvieron una puntuación mínima de diez puntos (10 puntos), fijándose en 35 el número de respuestas correctas para conseguir dicha puntuación, en todos los turnos, una vez hechas las deducciones previstas en la citada base de la convocatoria.
Tercero. Publicar las puntuaciones obtenidas por los aspirantes presentados al primer ejercicio del proceso selectivo extraordinario de consolidación para el ingreso en el cuerpo facultativo de grado medio de la Xunta de Galicia, subgrupo A2, escala de ingenieros/as técnicos/as agrícolas, en el lugar donde se realizó el ejercicio, en el tablón de anuncios del Servicio de Información y Atención al Ciudadano de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia y en la página web de la Xunta de Galicia (www.xunta.es).
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.7. de la convocatoria, los aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones en el plazo de 10 días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Quinto. De conformidad con lo dispuesto en la base II.13. de la orden de la convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada en los términos previstos en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Santiago de Compostela, 16 de mayo de 2014
Roberto Suárez Vázquez
Presidente del tribunal