De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la entidad que a continuación se relaciona la resolución que la Jefatura Territorial dictó en el expediente sancionador instruido por infracción de la normativa sobre transporte terrestre, porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar.
Se le informa de que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la Dirección General de Movilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de esta cédula.
La sanción impuesta fue abonada anticipadamente con una reducción de su importe conforme a lo previsto en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres.
Para que conste y sirva de notificación a la interesada, firmo y sello esta cédula.
Ourense, 29 de abril de 2014
Ángel Míguez López
Jefe del Servicio de Movilidad de Ourense
ANEXO
Expediente Matrícula Denunciante |
Persona sancionada DNI/CIF Última dirección conocida |
Infracción cometida Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
OU-01432-O-2013 0463-GRG Guardia Civil 3201 M30803D |
Urly Transnorte 2011, S.L.U. B70306659 Parroquia de Bergondo R. 30, nave 2, Polígono de Bergondo, 15169 Bergondo (A Coruña) |
El exceso igual o superior al 5 por ciento e inferior al 15 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 7 %. 9.9.2013; 21.16; N-525; 220 |
Art. 142.2 LOTT |
Art. 143.1.c) LOTT |
325 euros |