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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 90 Martes, 13 de mayo de 2014 Pág. 21470

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo

EDICTO (1125/2011).

Sarai Paniagua Acera, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo, por el presente

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En el presente procedimiento seguido a instancia de José Pato Borrajo frente a Josefa Fidalgo Espinosa se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:

«Sentencia número 390.

Vigo, 2 de julio de 2012.

María del Carmen Salvador Mateos, magistrada jueza titular del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo (Juzgado de Familia) ha visto los autos seguidos en este juzgado bajo número 1125/2011, sobre modificación de medidas, a instancia de José Pato Borrajo, como demandante, representado por la procuradora de los tribunales María Miranda Valencia y bajo la asistencia letrada de Ricardo Lito Martínez Barros contra Josefa Fidalgo Espinosa, como demandada, declarada en situación de rebeldía procesal, en base a los siguientes:

(Siguen antecedentes de hecho y fundamentos de derecho)

Fallo.

En la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales Sra. Miranda Valencia, en nombre y representación de José Pato Borrajo, representado por la procuradora de los tribunales Sra. Miranda Valencia, contra Josefa Fidalgo Espinosa, declarada en situación de rebeldía, estimo la misma acordándose la extinción de la pensión de alimentos que la actora ha de satisfacer a su hijo Wenceslao Pato Hidalgo.

Las costas se imponen a la parte demandada.

Modo de impugnación. Recurso de apelación en el plazo de veinte días, desde la notificación de esta resolución, ante la Audiencia Provincial.

Así, por esta sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo».

Y encontrándose dicha demandada, Josefa Fidalgo Espinosa, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma.

Vigo, 11 de diciembre de 2013

La secretaria judicial