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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 86 Miércoles, 7 de mayo de 2014 Pág. 20784

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña

EDICTO (42/2012).

Juan Rey Pita, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hace saber que en el procedimiento de Seguridad Social 42/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de la mutua Midat Cyclops, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, Cuadrafer, S.L., sobre seguridad social, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallo:

Estimo parcialmente la acción ejercitada por la Midat Cyclops frente a la empresa Cuadrafer, S.L., la TGSS y el INSS, declarando que la empresa citada es responsable directa por falta de cotizaciones a la Seguridad Social condenando a la misma a abonar a la demandante la cantidad de 2.224,14 euros. Asimismo, declaro la responsabilidad subsidiaria, para el supuesto de insolvencia empresarial, del INSS y hasta el importe de 825,96 euros por gastos de asistencia sanitaria.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este juzgado, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabientes suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en Banesto 0030.1846, a nombre de este juzgado con el número 1533.0000.36.0042.12 acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones a nombre de este juzgado, con el nº 1533.0000.60.0042.12 la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado que la dictó, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha de lo que doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Cuadrafer, S.L. expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 14 de abril de 2014

El secretario judicial