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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 82 Miércoles, 30 de abril de 2014 Pág. 19829

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (185/2012).

Número de autos: ejecución de títulos judiciales 185/2012.

Demandantes: Sandra Villaverde de Francisco, María Monserrat López Botana, Pablo Antonio Céspedes García, Bruno Sancho Piñeiro, Marta Sesar Segade, Andrea Mariana López Lamas, Laura Aparicio Chorén, Agustín Caamaño Abeijón y María Carmen Fuentes González.

Abogados: Ángeles Cancela Regueiro, Óscar Rodríguez Mallo y Alberto Freijeiro Otero.

Graduada social: Matilde Mallo Nieves.

Demandada: Grace Antonia Nouel Brache.

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 185/2012 y acumuladas, de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Montserrat López Botana y otros, contra la empresa Grace Antonia Nouel Brache, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado decreto de aclaración en fecha 7 de abril de 2014, cuya parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva del decreto:

«Parte dispositiva.

Acuerdo:

1. Estimar la solicitud de aclarar el decreto dictado en este procedimiento con fecha 19 de marzo de 2014, en el sentido que se indica a continuación:

La parte dispositiva del mismo debería quedar así:

«Parte dispositiva.

Acuerdo:

a) Declarar a la ejecutada Grace Antonia Nouel Brache en situación de insolvencia parcial por importe de 187.387,71 euros de principal [indemnización: 111.432,40 € (55.977,93 € a Montserrat López Botana + 17.027,63 € a Andrea Mariana López Lamas + 10.997,04 € a Pablo Antonia Céspedes García+ 11.759,71 € a Sandra Villaverde de Francisco + 15.670,09 € a Mª Carmen Fuentes González); salarios: 3.650,47 € a Sandra Villaverde de Francisco; salarios de tramitación: 72.304,84 € (11.951 € a Montserrat López Botana + 9.499,97 € a Andrea Mariana López Lamas + 8.984,32 € a Pablo Antonio Céspedes García + 7.281,3 € a Sandra Villaverde de Francisco + 12.239,96 € a Mª Carmen Fuentes González + 1.882,93 € a Agustín Caamaño Abeijón + 9.203,51 € a Laura Aparicio Chorén + 4.351,16 € a Marta Sesar Segade + 6.910,69 € a Bruno Sancho Piñeiro)], más 1.598,34 euros de intereses de mora (204,27 a Sandra Villaverde de Francisco + 142,49 € a Agustín Caamaño Abeijón + 383,56 € a Laura Aparicio Chorén + 318,53 € a Marta Sesar Segade + 549,49 € a Bruno Sancho Piñeiro), más 17.951’44 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses, gastos y costas, que se entenderá a todos los efectos como provisional.

2. Acuerdo incorporar esta resolución al libro correspondiente y llevar testimonio a los autos.

Notifíquese a las partes y a Grace Antonia Nouel Brache, por medio de edictos que se publicarán en el DOG, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

Contra este decreto no cabe interponer recurso sin perjuicio del que pudiera interponerse frente a la resolución aclarada.

Asi lo acuerdo y firmo. Doy fe.

La secretaria judicial»

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

Y para que sirva de notificación a Grace Antonia Nouel Brache, expido el presente edicto.

Santiago de Compostela, 7 de abril de 2014

La secretaria judicial