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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 76 Martes, 22 de abril de 2014 Pág. 18286

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santiago de Compostela

EDICTO (605/2013).

Cristina Cao Sánchez, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santiago de Compostela, por el presente anuncio:

En el presente procedimiento de divorcio, seguido a instancia de Enrique Martínez Rodríguez frente a Alda María Maciel Gómez, se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo que, estimando íntegramente la demanda de divorcio interpuesta por la procuradora Sra. Regueiro Muñoz, en nombre y representación de Enrique Martínez Rodríguez asistido de la letrada Sra. Millán Acosta, frente a Alda María Maciel Gomes, mayor de edad, reseñada en autos, declarada en rebeldía procesal y sin intervención del Ministerio Fiscal al no concurrir hijos menores de edad o incapaces en el citado matrimonio, debo decretar y decreto el divorcio del matrimonio contraído por ambos litigantes el día 13.6.2008 en Santiago de Compostela inscrito al tomo 101, página 13, del Registro Civil de esa localidad por concurrir la causa prevista en el artículo 86.1 del Código civil, transcurridos más de tres meses de matrimonio.

Firme que sea la presente resolución, remítanse los oportunos oficios para las procedentes anotaciones registrales.

No procede efectuar especial pronunciamiento sobre las costas del presente proceso.

Esta resolución no es firme y frente a la misma cabe interponer recurso de apelación en los plazos y términos previstos en la vigente Ley de enjuiciamiento civil, para su resolución por la Audiencia Provincial de A Coruña (arts. 458 y 776 de la Ley de enjuiciamiento civil) previa consignación de depósito previsto en la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, Roberto Soto Sola, magistrado juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 de esta localidad y su partido judicial.

Publicación. Leída y publicada la anterior resolución en audiencia pública por el juez que la dictó, en el día de la fecha; doy fe.

Y encontrándose dicha demandada, Alda María Maciel Gómez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Santiago de Compostela, 5 de febrero de 2014

La secretaria judicial