María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 1369/2012 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Fundación Laboral de la Construcción contra la empresa Inversiones Inmobiliarias Volema, S.L. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente sentencia:
«Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Fundación Laboral de la Construcción, frente a la entidad Inversiones Inmobiliarias Volema, S.L. y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la entidad Inversiones Inmobiliarias Volema, S.L. a que abone a la demandante la cantidad de 126,02 € peticionada.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación a la empresa Inversiones Inmobiliarias Volema, S.L., en ignorado paradero, extiendo y firmo el presente edicto.
A Coruña, 19 de marzo de 2014
La secretaria judicial