Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 52 Lunes, 17 de marzo de 2014 Pág. 11363

IV. Oposiciones y concursos

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2014, de la Dirección General de Administración Local, por la que se reclasifica un puesto de trabajo reservado a funcionarios/as de la Administración local con habilitación de carácter nacional en la Diputación Provincial de A Coruña.

La Diputación Provincial de A Coruña en sesión plenaria celebrada en fecha de 13 de septiembre de 2013 adoptó acuerdo introduciendo modificaciones en la plantilla y en la relación de puestos de trabajo para 2013. Entre estas modificaciones se encuentra la referida al puesto reservado a funcionarios/as de la Administración local con habilitación de carácter nacional denominado «jefe del Servicio de Asistencia Económica a Municipios», afectando dicha modificación a la forma de provisión, siendo esta el concurso, al nivel de complemento de destino, a la denominación pasando a ser «jefe del Servicio de Presupuestos, Estudios y Asistencia Económica» y finalmente a su cobertura, estando abierta a distintas administraciones públicas.

En sesión plenaria celebrada en fecha de 20 de diciembre de 2013, la Diputación Provincial aprobó definitivamente la plantilla, la relación de puestos de trabajo y el organigrama de la Diputación para el ejercicio 2014, de forma que, respecto al puesto de trabajo citado su denominación pasa a ser «jefe del Servicio de Presupuestos, Estudios y Asistencia Económica», la provisión tendrá lugar por el sistema de libre designación y su cobertura se restringe a funcionarios/as con habilitación de carácter nacional.

El artículo 36.1.b) de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración local dispone que son competencias propias de las diputaciones provinciales garantizar en todo caso, en los municipios de menos de 1.000 habitantes la prestación de los servicios de secretaría e intervención. La relación de puestos de trabajo dispone que este nuevo Servicio de Presupuestos, Estudios y Asistencia Económica, además de tener por objeto la sección de presupuestos y estudios económicos, continúa con el servicio de asistencia económica a municipios, dando cumplimiento lo dispuesto en el precepto.

El artículo 9 del Real decreto legislativo 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter estatal, modificado por el Real decreto 834/2003, de 27 de junio, señala que los expedientes de clasificación serán resueltos por el órgano competente de la comunidad autónoma respectiva.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36.1.b) de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración local y en los artículos 2, 5 y 9 del Real decreto legislativo 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter estatal, modificado por el Real decreto 834/2003, de 27 de junio, y demás normativa de aplicación, y en el uso de las facultades que le confiere el artículo 15.1 del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la función pública de Galicia, en relación con el artículo 241 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, y la Orden de 14 de mayo de 2013, sobre delegación de competencias,

RESUELVE:

Primero. Reclasificar el puesto reservado a funcionario/a de la Administración local con habilitación de carácter nacional de la Diputación de A Coruña como se especifica en el anexo que se adjunta a esta resolución.

Segundo. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o podrá impugnarse directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha, según el dispuesto en el artículo 46 en relación con el 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 18 de febrero de 2014

José Alberto Pazos Couñago
Director general de Administración Local

ANEXO

Entidad local: Diputación Provincial de A Coruña.

Puesto de trabajo: jefe del Servicio de Presupuestos, Estudios y Asistencia Económica.

Subescala: intervención, categoría superior.

Forma de provisión: libre designación.