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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 50 Jueves, 13 de marzo de 2014 Pág. 10848

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ourense

EDICTO (832/2012).

Estefanía Cotobal Martín, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ourense, por el presente,

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Que en este juzgado se han seguido autos de procedimiento de juicio verbal 832/2012 a instancia de la entidad Filgom, S.L. frente a Casimira Esteves Alves, en cuyos autos se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia.

Ourense, 7 de enero de 2013.

Vistos por mí, Eva María Martínez Gallego, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 4, con competencia mercantil de Ourense, vistos los presentes autos de juicio verbal, registrados con el número 832/2012, seguidos ante este juzgado entre partes, de un lado, como demandante la entidad Filgom, S.L., representada por la procuradora Begoña Pérez Vázquez y asistida por el letrado Jorge Temes Montes, y de otro, como demandada Casimira Esteves Alves, en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad, ha dictado la siguiente sentencia en base a los siguientes.... (siguen antecedentes de hecho y fundamentos de derecho).

Fallo.

Que estimando íntegramente la demanda presentada por la procuradora Begoña Pérez Vázquez, en nombre y representación de la entidad Filgom, S.L. contra Casimira Esteves Alves como administradora única de la mercantil Chevalier Sport, S.L., debo condenar y condeno a Casimira Esteves Alves a abonar a la parte actora la cantidad de 5.662,68 €, más los intereses que correspondan desde la presentación de la demanda y hasta la completa satisfacción de la deuda, con expresa imposición de las costas a la parte demandada.

La presente sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Ourense, que habrá de interponerse en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación ante este mismo juzgado, conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil.

Notifíquese esta resolución a las partes, cuyo original quedará registrado en el libro de sentencias, quedando testimonio de la misma en estos autos.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Eva María Martínez Gallego, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 4, Mercantil de Ourense.

Publicación. La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la magistrada que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha, de lo que yo, el secretario, doy fe.

Y para que así conste y encontrándose dicha demandada, Casimira Esteves Alves, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma.

Ourense, 27 de junio de 2013

La secretaria judicial